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CNSS inició “Campamento de Verano 2016”

Miércoles, 20 Julio 2016
El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) inició el Campamento de Verano 2016, denominado "Club Fiesta Camp" donde los participantes realizarán actividades deportivas, recreativas y culturales. Por décimo año consecutivo la entidad rectora del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), realiza este campamento dirigido a los hijos de los empleados del Consejo de 3 a 12 años de edad.   Con entusiasmo y alegría los niños fueron recibidos por la mascota Tory la tortuga, en las instalaciones del Hotel Dominican Fiesta, lugar que durante dos semanas será el escenario de una serie de actividades para el disfrute de todos los participantes. Natación, futbol, tenis, baloncesto y volleyball será los deportes que practicarán los infantes. Además participarán en dinámicas de liderazgo, trabajo en equipo, desarrollo personal, autoestima y cooperación. También recibirán talleres de manualidades, cocina, teatro, pintura entre otras actividades recreativas. Los niños realizan estas actividades según sus edades, ya que son divididos en grupos acorde a su edad. Los infantes son dirigidos por un grupo de profesionales altamente capacitados, lo que permite que los participantes, estén en todo momento supervisados. La coordinación del Campamento de Verano es coordinado por la Dirección de Recursos Humanos del CNSS, quienes ha estado al tanto de todos los detalles para lograr que este encuentro transcurra exitosamente.

CNSS participó encuentro con estudiantes de la PUCMM

Lunes, 11 Julio 2016
El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), participó en charla dirigida a los estudiantes de la carrera de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM), de Santiago de los Caballeros, con la finalidad de darle a conocer el papel y funcionamiento de las entidades del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). La Gerencia General participo a través del Subgerente General del CNSS, Lic. Eduard del Villar, quien representó al Gerente General, Lic. Rafael Pérez Modesto.   Este encuentro tuvo lugar en el salón de conferencia de la Suprema Corte de Justicia, estuvieron presente el Magistrado Juez Presidente de la Tercera Sala, Ramón Herrera Carbucia y la directora del Departamento Ciencias Jurídicas de la PUCMM, Ylona de la Rocha. El Subgerente General inició su presentación ofreciendo detalladamente el concepto de la Seguridad Social, la importancia de esta para los trabajadores, características, funcionamiento de los Regímenes Contributivo, Subsidiado y Contributivo-subsidiado y terminando con la posición de avance del SDSS y sus retos. “Donde se demuestra que alrededor del 70% de la población dominicana está cubierta en estos momento por la Seguridad Social en termino de salud,  es decir casi de 7 millones de dominicanos y dominicanas  cuentan con el Seguro Familiar de Salud, lo que significa un avance significativo pasando de 46.2 % en diciembre de 2011 a 68.5 % al cierre del primer trimestre de 2016, es decir un crecimiento de 2, 270,000 personas en estos últimos cinco años”, Puntualizó el funcionario.

Analizan cobertura en seguridad social de residentes legales en RD

Jueves, 23 Junio 2016
La cobertura en seguridad social de los residentes legales en el país, los convenios multilaterales iberoamericanos y los convenios bilaterales fueron los temas principales abordados durante el encuentro entre la Gerencia General del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y embajadores acreditados en República Dominicana. Una amplia representación diplomática a través de la Nunciatura Apostólica, se interesó en conocer el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), sus normativas y reglamentos por tal motivo cursaron una invitación al Gerente General del CNSS, Rafael Pérez Modesto, quien explicó a los embajadores acreditados en el país su aplicación, funcionamiento y beneficios. Durante la actividad presidida por el Monseñor Jude Thaddeus Okolo, Nuncio Apostólico en República Dominicana, el funcionario detalló que la Ley 87-01 que crea el SDSS, regula y desarrolla los derechos y deberes recíprocos del Estado con de ciudadanos y residentes legales en lo concerniente a la protección de la población de los siguientes riesgos: Vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales. Resaltó que la resolución 377-02 del 12 de noviembre del 2015 modifica el Artículo 20, Numeral 20.3, Literal b), del Reglamento de Afiliación de Tesorería de la Seguridad Social (TSS) para facilitar la afiliación de extranjeros que cuenten con la Cédula de Identidad y a partir del Decreto 96 – 16 del 29 de febrero del 2016,  con los siguientes documentos: carnet expedido por la Dirección General de Migración, el documento definitivo emitido por el Ministerio de Interior y Policía en el marco del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros para los migrantes que califiquen como afiliados al SDSS o el Pasaporte con Visa de Trabajo. “Están cubiertos por las disposiciones del artículo 5 de la Ley 87-01 los ciudadanos dominicanos que laboran en los organismos internacionales dentro del país. Están excluidos, el personal radicado en el país de misiones diplomáticas extranjeras y de organizaciones internacionales y el personal expatriado de empresas extranjeras, en la medida en que estuviesen protegidos por sus propios regímenes de seguridad social”, dijo Señaló que actualmente está en funcionamiento el Convenio Bilateral España –República Dominicana que facilita a los trabajadores de ambos países solicitar certificaciones de períodos cotizados que le servirá para la obtención de una pensión en su país de origen. Destacó que próximamente iniciará el convenio República Dominicana-Ecuador. Durante la charla realizada en Nunciatura Apostólica se abordó el marco legal del Sistema, sus coberturas, principios rectores, beneficios, estancias infantiles y funcionamiento.  Al finalizar se realizó un intercambio de preguntas y respuestas entre los asistentes y el expositor.

El 70.8% de la población asalariada está afiliada a la seguridad Social

Lunes, 20 Junio 2016
En la República Dominicana el 70.8% de la población asalariada está afiliada a la Seguridad Social la cual cuenta con protección en salud, riesgos laborales y pensiones, lo que evidencia un importante avance en la implementación de la Ley 87-01. La información fue dada a conocer por el Gerente General del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) Rafael Pérez Modesto, en el marco de la celebración de la VI Jornada Iberoamericana de Derecho de Trabajo y de la Seguridad Social que tuvo lugar en el auditorio de  la Suprema Corte de Justicia. El funcionario resaltó el aporte público y privado para el Sistema Dominicano de Seguridad Social que corresponde al 2.6% del PIB, y para el primer trimestre del 2016 es superior a los 21 mil millones. Entre las metas por alcanzar Pérez Modesto mencionó la implementación del Primer Nivel de Atención, la nueva revisión del catálogo de prestaciones en Salud para ajustarlo al perfil epidemiológico del país y el desarrollo de una Cultura en Seguridad Social. También el inicio del Régimen Contributivo-Subsidiado para trabajadores y profesionales por cuenta propia con ingresos superiores a un salario mínimo, pensiones del Régimen Subsidiado, para personas envejecientes con discapacidad severa y revisión de Ley 87-01 conforme a la realidad actual del SDSS. Durante el encuentro se realizó un debate sobre los avances y retos del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), el cual contó con la participación de Martín Bretón, presidente de la Asociación Dominicana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; Joaquín Luciano, abogado laborista, Carlos Hernández, abogado laborista, Leymi Lora, Consultora Jurídica de SIPEN y Rafael (Pepe) Abreu, presidente de la Confederación Nacional de la Unidad Sindical. La actividad fue coordinada por la Unidad Académica de la Suprema Corte de Justicia fruto del acuerdo de cooperación firmado el pasado de febrero del año en curso por el Consejo del Poder Judicial y la Academia Iberoamericana de Derecho de Trabajo y de la Seguridad Social. El encuentro contó con el coauspicio de la Comisión de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Academia de Ciencias de la República Dominicana, el Tribunal Constitucional, la Asociación Dominicana de Abogados Laboralistas, la Escuela Nacional de la Judicatura y la Asociación Dominicana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Entre los temas que se abordaron en el encuentro están: “La Constitución y Derecho del Trabajo”, “Tercerización Laboral OIT y América Latina”, “Derechos Fundamentales”, “Mercado Laboral”, “Informalidad”, “Negociación Colectiva”, “Defensa del Derecho al Trabajo”, “Nuevas Realidades y Desafíos”, “Poder de Dirección y Derechos Fundamentales”, “Confrontación de Derechos Fundamentales”, “Balance y Futuro de la Seguridad Social”.  Participaron expositores de 14 países.

CNSS y el INFOTEP firman convenio de capacitación en Seguridad Social

Martes, 14 Junio 2016
El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP), suscribieron un acuerdo de colaboración, mediante el cual 720 profesionales se formarán sobre Seguridad Social, a través de un diplomado que abarca 48 jornadas. La nueva alianza tiene el propósito de facilitar conocimientos generales acerca del desarrollo del Sistema de Seguridad Social, a fin de empoderar a los participantes del marco legal que lo rige, para que puedan ofrecer un mejor servicio sobre coberturas y beneficios. En el acto de firma del convenio, el director del INFOTEP, Rafael Ovalles, informó que las referidas acciones formativas estarán dirigidas a profesionales vinculados con temas de seguridad social, que laboren en empresas e instituciones de las áreas de Finanzas, Recursos Humanos y Jurídico. Ovalles dijo que desde el año 2011 el INFOTEP en coordinación con el CNSS, ha impartido 48 cursos, capacitando a mil 446 profesionales a nivel nacional, a través de sus cuatro gerencias regionales. Explicó que el contenido de los diplomados se fundamenta en ofrecer a los participantes informaciones generales sobre las características, organización, funcionamiento, cobertura y financiamiento del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). Además, se abordarán temas de actualidad relacionados con su desarrollo e implementación. El gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto, señaló que el programa de diplomados constituye un significativo aporte al desarrollo de la cultura de la Seguridad Social y crea las bases para que la ciudadanía adquiera más conciencia sobre su importancia para el desarrollo del país. Resaltó, asimismo, el esmero profesional, la calidad docente y el desempeño de los facilitadores, así como esfuerzo del INFOTEP en lograr las metas cualitativas con cada capacitación. El convenio fue rubricado por Pérez Modesto y Ovalles, en un acto realizado en la sede del organismo rector del Sistema de Formación Técnico Profesional.

CNSS puso en circulación “Memorias del 2015”

Lunes, 16 Mayo 2016
El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), puso en circulación las “Memorias del CNSS 2015”, publicación que detalla las principales ejecutorias de la entidad rectora del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). El documento contiene los principales logros que han marcado el accionar del CNSS, así como las variables estadísticas y gestión financiera, lo que evidencia el compromiso de la entidad con la transparencia. Estas memorias se realizan en cumplimiento del artículo 26 de la Ley 87-01, que responsabiliza a la Gerencia General del CNSS a elaborar un informe anual del CNSS con las ejecutorias del órgano rector del Sistema. La publicación incluye un resumen ejecutivo de la labor realizada por la   Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), Tesorería de la Seguridad Social (TSS),   la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) y la Contraloría del SDSS. El contenido de las memorias está fundamentado en dar a conocer el trabajo realizados por las comisiones técnicas del CNSS, la gestión del SDSS, el fortalecimiento institucional, los avances en la implementación del SDSS, reseñas de las actividades instruccionales, la planificación estratégica y la ejecución presupuestaria. Dicha publicación de carácter público contó con la participación de los funcionarios de las entidades del SDSS, quienes remitieron sus informes ejecutivos, los cuales fueron incluidos en esta rendición de cuentas. Ver memorias. http://cnss.gob.do/app/do/transparencia_publicaciones.aspx

CNSS aprueba ingreso de miembros activos de la Policía Nacional al SFS y al SRL

Lunes, 16 Mayo 2016
El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante Resolución No. 386-01, dispuso el ingreso de los miembros activos de la Policía Nacional y sus dependientes al Seguro Familiar de Salud (SFS) y al Seguro de Riesgos Laborales (SRL) que dispone la Ley 87-01, en las mismas condiciones que se otorgan a los afiliados al Régimen Contributivo. La resolución establece que las cotizaciones y la dispersión al SFS y el SRL, se harán en base a lo establecido en la Ley 87-01 y sus normas. La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) establecerá las normas complementarias necesarias para garantizar la cobertura adicional de Riesgos Laborales, aportadas por el Estado, a los miembros de la Policía Nacional en la forma en que se han descrito en la Ley 96-04 Institucional de la Policía Nacional. Se establece que el Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) brindará los servicios de salud en aplicación al acuerdo vigente firmado entre las partes. La cobertura del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (SVDS) será otorgada bajo el esquema del Sistema de Reparto, preservando las cotizaciones y las prestaciones en las formas concebidas por la Ley 96-04 Institucional de la Policía Nacional, por lo cual los miembros de la Policía Nacional serán afiliados al Plan de Retiro y Jubilaciones creado mediante dicha Ley. El órgano rector del Sistema estableció que la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) establecerá las condiciones para la cobertura referida mediante normas complementarias. De forma excepcional, se otorga un plazo de 90 días para el inicio de las cotizaciones al SVDS del Plan de retiro para los miembros activos (empleados) de la Policía Nacional, iniciarán en un plazo de noventa días, una vez el Plan de Retiro y Jubilaciones de la Policía Nacional sea registrado y habilitado por la SIPEN, de acuerdo a lo establecido en la Ley 87-01, sus modificaciones y normas complementarias. SeNaSa completa afiliación de 37 mil 336 policías y sus dependientes El Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) completó la afiliación de los agentes policiales activos y sus dependientes directos al Régimen Contributivo de la Seguridad Social, por lo que se realizaron la distribución de los carnés a nivel nacional, para que a partir del 1ero. de marzo 2016 reciben cobertura en la red de más de 7 mil prestadores de la ARS Estatal. “Con la entrega de carnés completamos el proceso de afiliación de los policías a SeNaSa, tal y como anunciara el Excelentísimo Señor Presidente de la República Danilo Medina en su discurso de rendición de cuentas del año pasado, con lo que contribuimos en la dignificación de la labor de los agentes”, indicó el licenciado Chanel Rosa Chupany, director ejecutivo de SeNaSa. Asimismo, el director ejecutivo precisó que aquellos policías o sus dependientes directos con tratamientos en curso tendrán garantizados los servicios con la entrada a SeNaSa, así como un acceso sin distinción. Más de 50 mil dependientes están afiliados Un total de 50 mil 020 dependientes directos de los policías activos tienen  cobertura a partir del 1ero. de marzo, sin costo adicional. Conforme al artículo 123 de la Ley 87-01, los dependientes directos abarcan a cónyuge, hijos e hijastros menores de edad e hijos e hijastros entre 18 y 21 años si fueran estudiantes o sin límite de edad en caso de discapacidad.   Recuadro Mayores beneficios Con el aporte único de 3.04%, aporte que hace todo empleado a la seguridad social, los policías también recibirán otros beneficios del Seguro Familiar de Salud como cobertura en riesgos laborales, accidentes de tránsito, subsidio por enfermedad, maternidad y lactancia, estancias infantiles para los hijos menores de 5 años, así como todos los servicios de salud contemplados en el Plan de Servicios de Salud (PDSS 3.0) aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS). Mejor cobertura Dentro de las ventajas que representa para un policía pasar al Régimen Contributivo de SeNaSa se encuentra la cobertura, regulada a través el Plan de Servicios de Salud (PDSS 3.0) y la cual viene a impactar de manera positiva en los servicios que actualmente reciben los policías. En el caso de las enfermedades de alto costo, los policías recibían RD$150 mil y al pasar a SeNaSa tendrán una cobertura de un RD$ 1 millón de pesos por evento por año. Asimismo, disponían de RD$15 mil pesos anuales para imágenes diagnósticas, servicio que con el paso a SeNaSa será ilimitado de acuerdo a la cobertura establecida del 80%, es decir, no tendrán un tope por año para este servicio. Asimismo, se aumenta de RD$1,200 a RD$1,740 pesos diarios por habitación en caso de  internamiento y elimina tope de RD$2,000 pesos diarios en medicamentos durante hospitalización a una cobertura ilimitada; elimina tope de cobertura por día en internamiento en cuidados intensivos y agrega RD$90 mil pesos para medicamentos coadyuvantes para enfermedades de alto costo. De acuerdo a la Resolución 375-02 del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), los policías y sus dependientes directos dispondrán de RD$8,000 por año para medicamentos ambulatorios, con una cobertura del 70%. Además, una vez identificados los policías con diagnóstico de hipertensión y diabetes, SeNaSa los incluirá en sus clubes de la salud para garantizar los medicamentos de acuerdo al tratamiento sin tener que pagar diferencia.    En este mismo orden, la diferencia en internamiento y en cualquier otro servicio de salud, en los centros contratados, no puede exceder los dos salarios mínimos cotizables, es decir RD$ 19 mil 710 pesos, tal y como se garantiza a todos los afiliados del Régimen Contributivo, sin importar el monto en internamiento o cirugías. Sin embargo, en el hospital de la Policía Nacional, los policías afiliados no tendrán que pagar diferencia. Descentralización de los servicios de salud Con el paso de los policías y sus dependientes a SeNaSa, no será necesario que éstos soliciten pre autorización para laboratorios y otros servicios, sino que pueden visitar directamente, con su carnet de afilado o su cédula de identidad, los prestadores contratados a nivel nacional. Acceso a más Prestadores de Servicios de Salud La afiliación de los policías activos al Régimen Contributivo de SeNaSa, les permitirá recibir servicios en una amplia red compuesta con alrededor de 7 mil prestadores de servicios de salud a nivel nacional contratados por la ARS Estatal, integrado por centros privados y de autogestión, laboratorios, farmacias y centros odontológicos, a cualquier hora del día, los 7 días de la semana, tanto ellos como sus dependientes.   Inversión económica El Estado Dominicano hará una inversión de RD$27 millones 021 mil 173 de pesos mensuales, en calidad de empleador, para que los policías pasen a formar parte del Seguro Familiar de Salud en el Régimen Contributivo, mientras que los agentes aportarán sólo un 3.04% de su salario para estos fines, lo que significa que no habrá doble cotización. El Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud comprende a los trabajadores asalariados públicos y privados y a los empleadores. Este se fundamenta en un régimen financiero de reparto simple en el que la cotización total es del 10.13% del salario cotizable, correspondiendo un 3.04% al trabajador afiliado y un 7.09% al empleador. Protección para Policías en Accidentes de Trabajo La Administradora de Riesgos Laborales (ARL), desde el 1 de marzo 2016 da protección a los integrantes de la Policía Nacional, en caso de que les ocurra un Accidente de Trabajo (AT) o una enfermedad Profesional (EP), debido a que estarán integrados al Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS). Los miembros de la Policía Nacional recibirán atenciones de alta calidad, con cero costos para ellos, ya que la ARL cubrirá en un cien por ciento todos los gastos necesarios para su recuperación, en caso de un incidente laboral y las primas del Seguro de Riesgos Laborales (SRL) no serán pagadas por los agentes, si no por su empleador, en este caso el gobierno dominicano. Tanto oficiales como alistados recibirán Prestaciones en Especie en lo referente a atención médica, quirúrgica, hospitalización, farmacéutica, servicios odontológicos y servicios de rehabilitación, prótesis, anteojos y aparatos ortopédicos y su reparación. También los agentes policiales que se vean afectados por un incidente laboral que le produzca una incapacidad temporal (licencia médica),  obtendrán una prestación económica por el tiempo de la licencia médica, hasta 52 semanas, equivalente al 75% de su salario cotizable; además recibirán subsidios por discapacidad temporal, indemnización por discapacidad y pensión por discapacidad. Serán beneficiarios del SRL los miembros de la institución policial, y en caso de muerte de un agente recibirán pensión por sobrevivencia sus dependientes, la esposa o esposo, o su compañera o compañero de vida durante los tres años anteriores a su inscripción, los hijos del agente menores de 18 años, los que sean estudiantes menores de 21 años y aquellos con discapacidad, sin importar su edad y que dependan del miembro de la policía. Los riesgos que les cubrirá la ARL son toda lesión corporal o estado mórbido durante el tiempo y en el lugar de trabajo, los accidentes de trabajo ocurridos a consecuencia de tareas encomendadas por sus superiores, aún distintas a la ocupación o puesto del agente. Además los accidentes en actos de salvamentos, cuando tengan conexión con el trabajo, los accidentes de tránsito y en trayecto, dentro de la ruta y horario de trabajo establecido por sus superiores y las enfermedades profesionales cuya causa directa provenga de la función que realice.

La Seguridad Social avanza en República Dominicana

Lunes, 09 Mayo 2016
Hoy conmemoramos el “Día Nacional de la Seguridad Social”, momento propicio para dar a conocer al país el desarrollo gradual y sostenido del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), creado por la Ley 87-01 promulgada el 9 de mayo 2001. Los avances son evidentes en cuanto a la protección social de los dominicanos producto de un continuo respaldo del gobierno central, destinando una importante inversión para el aseguramiento de la población más vulnerable del país. Presentamos a la ciudadanía el incremento de la población afiliada, la ampliación de cobertura, la protección de los sectores vulnerables y la inversión pública y privada al SDSS. Los datos los damos a conocer con las siguientes gráficas:   Población protegida en Salud  La afiliación al Seguro Familiar de Salud pasó de 46.2% en diciembre 2011 a 68.5% al cierre del primer trimestre del 2016, es decir, un crecimiento de 2 millones, 270 mil personas en estos últimos 5 años.   Cobertura población vulnerable En el Régimen Subsidiado, que establece la protección de las personas más vulnerables, con ingresos inestables e inferiores al Salario Mínimo Vital, se incrementó la afiliación en 1 millón 313 mil, pasando del 46.6% de cobertura en diciembre 2011 al 101.4% al cierre del primer trimestre del 2016, para un total de 3 millones, 271 mil personas registradas en el SeNaSa. Se observa, efectivamente, de acuerdo a los mecanismos de medición de la CEPAL y el Banco Mundial, como la pobreza establecida se redujo de manera drástica, pasando del 40.4% el año 2011 al 32.1% al finalizar el 2015.   TRABAJADORES DEL SECTOR FORMAL PROTEGIDOS En el Régimen Contributivo, que protege a los trabajadores del sector público y privado formal y sus familiares, la afiliación llegó a 3 millones 580 mil personas, un incremento de 38.4% con relación a diciembre del 2011. Este positivo incremento se expresa además en 394 mil nuevos trabajadores cotizando para un total de 1 millón 619 mil trabajadores, los cuales además están ahorrando para una pensión por vejez y tienen otras coberturas como el Subsidio por Enfermedad, la Pensión en caso de Discapacidad, ya sea por enfermedad o por accidente laboral, y en el caso de las mujeres, el Subsidio por Maternidad y para los niños recién nacidos el Subsidio por Lactancia. El salario promedio de cotización se incrementó de RD$17,399.00 a RD$21,526.00, reflejando la mejora salarial en sectores anteriormente deprimidos, como los maestros y los médicos, entre otros.   INVERSIÓN PÚBLICA Y PRIVADA EN EL SDSS La inversión del Estado y del Sector Privado también creció de manera significativa y pasó de 49 mil 415 millones el año 2011 a 79 mil 52 millones el año 2015. En el caso del Sector Público, la inversión en la protección de la población pasó de 15 mil 631 millones a 29 mil 250 millones, con un incremento de 13 mil 619 millones entre esos dos años, para un total de aportes de 108 mil 9 millones de pesos en estos 5 años. Al 2015, el aporte público y privado para el Sistema Dominicano de Seguridad Social corresponde al 2.6% del PIB, y para el primer trimestre del 2016 es superior a los 21 mil millones de pesos.   Principales resoluciones en beneficio de afiliados y población vulnerable En estos últimos cinco años, el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó resoluciones que representan múltiples beneficios para los afiliados al Sistema y la población vulnerable del país, entre las que destacamos: Afiliación al Seguro Familiar de Salud niños de orfanatos Afiliación al Seguro Familiar de Salud a personas envejecientes de asilos públicos Incremento de más de 200 medicamentos y más de 600 nuevas presentaciones en la cobertura del Seguro Familiar de Salud. Incremento de RD$3 mil a RD$8 mil la cobertura de medicamentos anual, por cada miembro de la familia asegurada. Cobertura de 1 millón de pesos anual por enfermedades catastróficas, por evento y por persona, extensiva a los niños menores de 1 año Incremento del Subsidio por Lactancia para las madres trabajadoras, de 6% para las que ganan hasta tres salarios mínimo nacional y hasta un 33% para las trabajadoras que ganan hasta un salario mínimo nacional. Este subsidio se entrega durante nueve meses a la madre lactante. Incremento por indexación de las Pensiones por Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia cada dos años. Extensión a 7 años del tiempo para la prescripción de las reclamaciones de pensiones por sobrevivencia. La edad límite para la cobertura se amplió de 60 a 65 años. Afiliación al Seguro Familiar de Salud de los miembros activos de la Policía Nacional y sus dependientes. Cobertura de atenciones médicas por accidentes de tránsito para los afiliados al Régimen Contributivo y Régimen Subsidiado.   El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), tal como lo dispone la Ley 87-01, trabaja en la protección integral y el bienestar general de la población. Enfocado en la reducción de la pobreza y la protección de los afiliados a los regímenes de salud, pensiones y riesgos laborales, con la participación activa del sector gubernamental, empleador y laboral. Actualmente las autoridades del Sistema trabajan en la solución de una serie de temas alineados a las necesidades de los afiliados y en la búsqueda de soluciones viables y justas en beneficio de todos los dominicanos sin distinción.

Casi el 70 % de la población afiliada a la Seguridad Social

Lunes, 09 Mayo 2016
A quince años de promulgada la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), casi el 70% de la población está afiliada al Seguro Familiar de Salud (SFS) de los regímenes Contributivo y Subsidiado. La afiliación al Seguro Familiar de Salud, pasó de 46.2% en diciembre 2011 a 68.5% al cierre del primer trimestre del 2016, es decir un crecimiento de 2 millones 270 mil personas en estos últimos 5 años, según informó el gerente general del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Rafael Pérez Modesto. “En el Régimen Subsidiado, que establece la protección de las personas más vulnerables, con ingresos inestables e inferiores al Salario Mínimo, se incrementó la afiliación en 1 millón 313 mil, pasando del 46.6% de cobertura en diciembre 2011 al 101.4% al cierre del primer trimestre del 2016, para un total de 3 millones 271 mil personas registradas en el SeNaSa”, dijo. El funcionario resaltó que la pobreza establecida según los mecanismos de medición de la  Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) y el Banco Mundial, se redujo de manera drástica, pasando de 40.4% el año 2011 al 32.1% al finalizar el 2015. Pérez Modesto informó que en el Régimen Contributivo, que protege a los trabajadores del sector público y privado formal y sus familiares, la afiliación llegó a 3 millones 580 mil personas, un incremento de 38.4% con relación a diciembre del 2011. “Este positivo incremento se expresa además en 394 mil nuevos trabajadores cotizando para un total de 1 millón 619 mil trabajadores, los cuales además están ahorrando para una pensión por vejez y tienen otras coberturas como el Subsidio por Enfermedad, la Pensión en caso de Discapacidad ya sea por enfermedad o por accidente laboral, y en el caso de las mujeres, el Subsidio por Maternidad y para los niños recién nacidos el Subsidio por Lactancia”, expresó. El gerente general del Consejo Nacional de Seguridad Social manifestó que el salario promedio de cotización se incrementó de RD$17,399.00 a RD$21,526.00, reflejando la mejora salarial en sectores anteriormente deprimidos como los maestros o los médicos, entre otros. Finalizó explicando que la inversión del Estado y del Sector Privado también creció de manera significativa y pasó de 49 mil 415 millones el año 2011 a 79 mil 52 millones el año 2015. En el caso del Sector Público, la inversión en la protección de la población pasó de 15 mil 631 millones a 29 mil 250 millones, con un incremento de 13 mil 619 millones entre esos dos años para un total de aportes de 108 mil 9 millones de pesos en estos 5 años. Al 2015, el aporte público y privado para el Sistema Dominicano de Seguridad Social corresponde al 2.6% del PIB, y para el primer trimestre del 2016 es superior a los 21 mil millones de pesos.

Los salarios mínimos y los beneficios económicos de la Seguridad Social

Lunes, 09 Mayo 2016
Uno de los objetivos principales de la seguridad social es eliminar o disminuir el impacto económico que les causa a los trabajadores la salida del mercado laboral fruto de una contingencia asociada a su condición de salud, invalidez o al cumplimiento de la edad de jubilación. En el caso particular del Sistema Dominicano de Seguridad Social, las prestaciones de índoles económicas que contempla son: pensión por vejez, pensión por cesantía por edad avanzada, pensión discapacidad y sobrevivencia tanto por enfermedad común como laboral, subsidios por maternidad, lactancia y enfermedad, subsidio por discapacidad temporal de índole laboral e indemnizaciones cuando el grado discapacidad laboral se encuentra entre un 15% y un 50%. En la mayoría de los sistemas de seguridad social, las prestaciones económicas se calculan tomando como base de cálculos el promedio de los salarios o sueldos reportados y pagados al sistema en un periodo determinado,  el cual es multiplicado por un porcentaje asociado al cumplimiento de ciertos requisitos previos. El producto de esta operación matemática da como resultado el monto de la prestación económica que recibirá el beneficiario.  Como los salarios o sueldos reportados a la seguridad social son la base principal para el cálculo de la mayoría de los beneficios económicos, estos tienen un efecto directo en el monto final de dichas prestaciones. Por lo que trabajadores que reportan salarios altos tendrán beneficios altos y trabajadores pagan salarios bajos tendrán beneficios bajos.  La resolución 380-02 del CNSS que establece los porcentajes mínimos de los trabajadores de una empresa a los cuales les permitirá cotizar por debajo del salario mínimo significará un valor agregado importante para las prestaciones económicas que los futuros beneficiarios tendrán. Al 31 de diciembre 2015, según datos de la Tesorería de la Seguridad Social, 40.62% de trabajares cotizaron por un salario menor a RD$10,000.00, y  por otro lado,  la Superintendencia de Pensiones en su Boletín Estadístico del 30 de septiembre 2015, reporta que 30.2% de la población cotizante percibe entre 0-1 salario mínimo nacional, el cual para la fecha ascendía a RD$ 8,645.00.  ¿Qué importancia tiene las disposiciones de la resolución ­­para los trabajadores? Como la mayoría de los trabajares tendrán que ser reportado y cotizar por lo menos con el salario mínimo del sector, al momento de acceder a uno de los beneficios económicos que contempla en SDSS, el monto de esta prestación será calculado en base al promedio de esos salarios y pon ende el monto en dinero que recibirá será mayor al que hubiera recibido antes de la promulgación de dicha resolución. El cuadro No.1 muestra la forma de cálculo de las prestaciones económicas del sistema. Cuadro No. 1. Metodología de cálculo de las prestaciones económicas del SDSS Beneficio Metodología de calculo Pensión por Discapacidad parcial 30% del promedio de los últimos tres años salarios indexados  o fracción cuando el grado sea igual o mayor al 50% y menor e igual 66.66% Pensión por Discapacidad total 60% del promedio de los últimos tres años salarios indexados  o fracción cuando el  grado de discapacidad sea  mayor a 66.66% Pensión de sobrevivencia por enfermedad común 60% Promedio de los últimos tres años salarios indexados  o fracción Subsidio por Maternidad 3 meses del 100% del salario cotizable Subsidio por enfermedad común 60% del salario cotizado de los últimos 6 meses cuando  la atención media sea ambulatoria, y 40%, cuando la atención medica sea hospitalaria Indemnización por discapacidad laboral Indemnización entre 5 y 10 veces en sueldo base, cuando la discapacidad sea superior a un 15% e inferior a un 50%. Pensión por discapacidad permanente parcial Laboral u enfermedad profesional 50% del salario base, cuando la discapacidad sea superior al 50% e inferior al 67% Pensión por discapacidad permanente total  Laboral u enfermedad profesional 70% del salario base, cuando la discapacidad sea igual o superior al 67% Pensión por gran  discapacidad Laboral u enfermedad profesional 100% del salario base Pensión de sobrevivencia laboral u enfermedad profesional 50% del salario base Aunque las pensiones de vejez del sistema de cuentas de capitalización individual se calculan en función del monto acumulado individualmente y no en base los salarios cotizados, como ocurre en los sistemas en reparto, no es menos cierto que la restricción para cotizar en base al salario mínimo del sector también impactará los montos de las futuras pensiones de vejez que recibirán los trabajares, pues mientras mayor sea la cotización también lo será el monto acumulado y por consiguiente igual ocurrirá con la pensión por vejez que recibirán los beneficiarios.   Análisis del impacto de cotizaciones por debajo del Salario Mínimo Cotizable  Si observamos las cotizaciones del año 2013, detalladas por monto y cantidad de trabajadores registrador, podemos ver que ese año, se registraron seis mil ciento setenta y tres (6,173) personas por las cuales se cotizaba por debajo de 100 pesos. De estas, ocho (8) cotizaron por debajo de cien (100) pesos durante doce (12) meses seguidos, doscientas veintitrés (223) personas lo hicieron por cien (100) a quinientos (500) pesos. Se observa claramente un importante número de personas por las que se cotiza un solo mes por menos de 100 pesos, siendo estos el 79.91% de los casos. Esta situación llegó a ocasionar una pérdida para el Seguro Familiar de Salud de aproximadamente Seis Mil Millones de Pesos, según estimaciones realizadas por SISALRIL. República Dominicana: Total de Cotizaciones en SFS-RC según Salario Cotizable del  Empleado por Rango. Año 2013 TOTAL COTIZACIONES 0-100 MAS DE 100 Y HASTA 500 MAS DE 500 Y HASTA 1000 0-100 MAS DE 100 Y HASTA 500 MAS DE 500 Y HASTA 1000 Total general 6,173 19,508 30,065 100.00% 100.00% 100.00% 1 4,933 13,810 19,832 79.91% 70.79% 65.96% 2 865 2,650 3,948 14.01% 13.58% 13.13% 3 172 1,735 1,621 2.79% 8.89% 5.39% 4 75 505 1,094 1.21% 2.59% 3.64% 5 45 208 929 0.73% 1.07% 3.09% 6 18 133 378 0.29% 0.68% 1.26% 7 11 66 192 0.18% 0.34% 0.64% 8 21 57 209 0.34% 0.29% 0.70% 9 10 52 146 0.16% 0.27% 0.49% 10 7 35 161 0.11% 0.18% 0.54% 11 8 34 170 0.13% 0.17% 0.57% 12 8 223 1,385 0.13% 1.14% 4.61% Fuente: SISALRIL: A partir de los datos suministrados por TSS-UNIPAGO. El impacto de estas cotizaciones por debajo de los diez mil pesos se puede calcular en base a los promedios. Se observa que para Ciento Cincuenta y Siete Mil Setecientos Setenta y Siete (157,777) cotizantes con ciento treinta y ocho mil ciento cuarenta y cuatro (138,144) dependientes, el costo mensual con el per cápita actual era de 235 millones de pesos y sus aportes promedio rondan los 65 millones de pesos, dejando un déficit de 169 millones de pesos. Si analizamos información del año 2015, en este caso de dos meses: enero y diciembre, podemos observar que la cantidad de RNC (empleadores) que se registraron con empleados cotizando por debajo del Salario Mínimo de su sector creció pasando de 23 mil a 26 mil al cerrar el año; y evidentemente el número de trabajadores también creció, pasando de 182 mil a 250 mil personas. El  número de dependientes también se incrementó de 177 mil a 197 mil, aunque el Índice de dependencia bajo de 97 por cada 100 en enero del 2015, a 79 por cada 100 en diciembre del mismo año. Considerando el per cápita vigente al momento de la dispersión (el de salud más la cobertura por atenciones médicas por accidentes de tránsito), se puede observar que el costo mensual para este grupo de trabajadores y sus dependientes pasó de 304 millones de pesos a 413 millones de pesos. Por otro lado, el aporte según su base de cotización, fue muy inferior a la requerida para cubrir esos per cápita, como es evidente. En enero, generaron un déficit de 230 millones de pesos y en diciembre de 286 millones de pesos, los cuales fueron cubiertos con los aportes de los grupos de salarios superiores o con los intereses generados por los Fondos existentes en la Cuenta Cuidado de la Salud de las Personas. En un escenario hipotético, si se hubiese mantenido cotizando ese grupo de 182 mil trabajadores con ese mismo salario durante un año, habría generado un déficit de 2 mil 765 millones de pesos (RD$2,765,721,946.44); y con los 250 mil trabajadores registrados cotizando en estas condiciones en diciembre del 2015, el déficit generado durante una año sería de 3 mil 443 millones de pesos (RD$3,443,085,137.88). En cada caso, el déficit generado por persona por mes fue de 640 pesos aproximadamente, y los salarios promedio fueron inferiores aún al Salario Mínimo Cotizable del Sector Público actual (RD$5,117.00). En enero de RD$4,244.26 y en diciembre de RD$5,321.81 Se deduce pues, que el aplicar medidas de control a este grupo es de suma importancia para la sostenibilidad financiera, la ampliación de beneficios en la cobertura en salud para todos los afiliados al Régimen Contributivo, y también para fortalecer la garantía de pensiones dignas de esos trabajadores.  

Atención Integral en Salud

Lunes, 09 Mayo 2016
La protección integral de la salud física y mental del afiliado y su familia es el primer pilar enmarcado en la finalidad del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Sistema Dominicano de Seguridad social (SDSS). El Plan Básico de Salud (PBS) constituye la expresión práctica de esta protección que de acuerdo a la Ley 87-01, que garantizará el Sistema en forma gradual y progresiva a toda la población dominicana, independientemente de su condición social, laboral y económica y del régimen financiero a que pertenezca. Y es responsabilidad y atribución del Consejo Nacional de Seguridad Social tomar todas las medidas necesarias para el cumplimiento de este propósito. La lógica de las prestaciones del PBS descritas en el Artículo 129 de la Ley de Seguridad Social se vincula en un todo integral entendiéndose por ello “completo, suficiente para responder a la necesidad”, y de continuo la atención a la salud y la asistencia a la condición de enfermedad, procurando el mayor estado de bienestar posible con clara dirección a la integralidad de la protección. Por ello ha de considerarse la atención integral como eje transversal en la formulación y mejoras al instrumento que describa plan. Para el Sistema Nacional de Salud del país y de acuerdo a los enunciados de la Ley General de salud (42-01), la integralidad está referida al abordaje de los problemas de salud desde sus diferentes vertientes y en todas las fases de su desarrollo, garantizando, al mismo tiempo, educación y promoción de la salud, prevención y curación de enfermedades y rehabilitación de sus secuelas; todo ello a partir de una política de salud que se fundamente en una perspectiva intersectorial. El concepto de atención integral en los términos de la OMS/OPS implica que la cartera de servicios disponibles debe ser suficiente para responder a las necesidades de salud de la población, incluyendo la promoción, prevención, diagnóstico precoz, atención curativa, rehabilitadora y paliativa, y apoyo para el autocuidado. La integralidad es una función de todo el sistema de salud e incluye la prevención, la atención primaria, secundaria, terciaria y paliativa. Asegurar que cubra adecuadamente las intervenciones dirigidas a los principales problemas de salud de la población del país, tomando en cuenta la carga de enfermedad y la necesidad de garantizar la integralidad de la atención en las patologías cubiertas, así como el uso de las tecnologías más adecuadas y costo efectivas, fue uno de los desafíos citados en el Estudio de caso del Plan de Servicios de Salud (PDSS) de la República Dominicana publicado por el BID en septiembre del 2014.  La atención integral se pone de manifiesto desde una actividad o procedimiento específico, hasta en la respuesta articulada y oportuna al conjunto de necesidades de atención a determinada enfermedad o estado de salud, y a lo largo del curso natural de la misma. En el año 2007 el Sistema puso en vigencia el Plan de Servicios de Salud (PDSS) para ser entregado a través de las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) y cuya aplicación ha sido motivo de frecuentes reclamaciones de parte de los afiliados especialmente por las debilidades en materia de la atención integral. Un ejemplo de ello es que para la corrección (Reducción) de una fractura que requiere de fijación interna, solo se cubre la cirugía como procedimiento pero no el material de osteosíntesis, vital para poder ejecutarlo. Otro ejemplo que muestra la debilidad en la atención integral es que cubre la colocación (Inserción) de un catéter (sonda) en la uretra en los casos en que existe impedimento para poder orinar, sin embargo no se cubre el retiro del catéter cuando se ha corregido la condición. La falta de atención integral tiene un efecto adverso pues causa agravamiento de la condición de salud especialmente para la población de bajos ingresos debido a que no pueden adquirir todos los medicamentos o insumos requeridos para seguir el tratamiento indicado, lo cual a su vez genera mayor gasto al Sistema debido al costo mayor por la atención a las complicaciones. Una disposición del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) que procura ir corrigiendo progresivamente esta debilidad del PDSS, está contenida en la Resolución 375-02 del 29/10/2015 que amplió la protección financiera para las atenciones de alto costo, para los recién nacidos, medicamentos, entre otros, y que expresa en uno de sus acápites la intención de orientar la cobertura hacia la Atención Integral. La resolución el Consejo hace referencia a que la atención integral aplicará a los servicios del Grupo 9 (Alto Costo y Máximo Nivel de Complejidad) y al Grupo 7 (Cirugías) del Catálogo de Prestaciones del PDSS; y la define como todo lo médicamente necesario para el tratamiento y recuperación del paciente: procedimientos diagnósticos y terapéuticos, rehabilitación, medicamentos, materiales, insumos, aparatos y dispositivos. Esto significa que, al menos para estos dos grupos de servicios y a partir de la Resolución 375-02, el PDSS cubre todo lo medicamente necesario para llevar a cabo los procedimientos quirúrgicos y de alto costo del PDSS, aun y cuando no este tácitamente nombrado de forma específica en el resto del catálogo. NELSON RODRIGUEZ MONEGRO VICEMINISTRO DE SALUD COLECTIVA DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA SUPLENTE DE LA VICEPRESIDENCIA DEL CNSS La integralidad en la atención en salud es la capacidad para dar solución a los problemas de salud del individuo, la familia y la población en sentido general, según el Dr. Nelson Rodríguez Monegro, viceministro de Salud Colectiva del Ministerio de Salud Pública y Suplente de la Vicepresidencia del CNSS. “No hay dudas de que la estrategia más efectiva para conseguir la integralidad es aquella centrada en la Atención Primaria, la cual organiza los servicios de salud con un Primer Nivel de Atención con capacidad resolutiva (con infraestructura, recursos humanos y tecnología apropiada), articulando en red los servicios especializados como una complementariedad, con mecanismos de reherimientos claros, en los casos, que por complejidad, demanden otro nivel de atención”, explicó. Resalta que en el primer nivel de atención no es posible separar la salud colectiva de la atención individual; el equipo de salud debe de tener un diagnóstico de salud de su población, manejo de los determinantes sociales, económicos, medioambientales y culturales. Articular acciones interinstitucionales e intersectoriales, involucrando a la comunidad, sin lo cual no es posible alcanzar el máximo estado de salud.  Debemos promover la salud, induciendo a la gente a adoptar estilos de vida saludable. Debemos prevenir enfermedades, mediste vigilancia sanitaria adecuada, gestión de riesgos, sistemas de alerta temprana. Debemos contar con los medios diagnósticos y procedimientos pertinentes para identificar las enfermedades. Debemos dar tratamiento oportuno, para recuperar la salud. Debemos rehabilitar a nuestros pacientes, para incorporarlos como entes productivos a la sociedad lo antes posible. Debemos dar tratamiento para controlar o paliar, cuando no podamos curar. Debemos siempre dar esperanzas!!  Esto es integralidad finaliza el Dr. Rodríguez Monegro. 

CNSS felicita ARL por certificaciones NORTIC A3 y A5

Lunes, 14 Marzo 2016
El Gerente General del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Rafael Pérez Modesto felicitó a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) por haber recibido las certificaciones correspondientes a la norma NORTIC A3 y A5, sobre Datos Abiertos y Automatización de Servicios. “Valoramos que sea la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) la primera institución del Estado en recibir la certificación NORTIC A3, lo que presenta un orgullo para el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS)”, dijo Manifestó el buen papel desempeñado por la ARL y la serie de reconocimientos y certificaciones recibidas producto de la calidad en el servicio ofrecido a los afiliados al Sistema. El funcionario resaltó el trabajo realizado por el director ejecutivo de la ARL, Elisaben Matos, quien junto a un equipo de profesionales de reconocida calidad ha brindado un buen servicio a la ciudadanía. La Administradora de Riesgos Laborales (ARL), recibió el día 9 de marzo, por parte de la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG) y la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC), las certificaciones. La norma NORTIC A3 comprende lo referente a datos abiertos de las instituciones del gobierno dominicano, publicados a través del portal www.datos.gob.do, el que dispone de un buscador y catálogos de diversas categorías sectoriales, en cuanto a la norma NORTIC A5 corresponde a la prestación y automatización de servicios públicos presenciales y en línea. La Administradora de Riesgos Laborales Salud Segura, es una institución de servicios, encargada de velar por la prevención de accidentes laborales en la República Dominicana, por el cumplimiento y cobertura del Seguro de Riesgos Laborales.