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CNSS dispone sancionar a todas a PSS que realizaron aumentos

Jueves, 18 Agosto 2011
Tras la decisión de la Asociación  Nacional de Clínicas Privadas (ANDECLIP), de aumentar a un 14 %  los servicios  de salud, el  Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), dispuso que la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL),  proceda a sancionar a todas las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS) privadas que hayan realizado cobros improcedentes a los afiliados del Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo. “Mediante la  resolución No. 276-01, el Consejo, tomó decisiones en dos direcciones, de carácter inmediato sobre el hecho mismo del incremento del 14% y también tomó decisiones de fondo para atacar las raíces del problema”, dijo el Ministro de Trabajo y Presidente del CNSS, Max Puig. La medida fue tomada ayer durante una reunión extraordinaria en apego a las disposiciones establecidas en la Ley 87-01 y el artículo 6 del Reglamento de Infracciones y Sanciones al Seguro Familiar de Salud y al Seguro de Riesgos Laborales, dijo el funcionario. “En todos los casos que se verifique que las personas pagaron extra, se sancionará a esos proveedores. Otra línea de la decisión tiene que ver con el fondo del problema que hasta ahora no se ha podido establecer la Red Pública de Salud, no se ha podido lograr que la implementación del Primer Nivel de Atención como puerta de entrada al Sistema de Seguridad Social”, dijo. Informó que estos temas serán trabajados por una comisión especial coordinada con el Ministerio de Salud Pública y también tendrá la responsabilidad de trabajar con el  establecimiento de Tarifas de Referencia por los servicios que ofrecen las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS), definición y aplicación de Protocolos Integrales de Atención para Prestadoras de Servicios de Salud (PSS), en los diferentes niveles  (promoción, prevención, curación y rehabilitación. La comisión estará conformada por: Dr. Nelson Rodríguez Monegro, quien la presidirá y en representación del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social; la Dra. Circe Almànzar, en representación del Sector Empleador; el Lic. Agustín Vargas Saillant, en representación del Sector Laboral; el Lic. Magino Corporán, en representación del Sector de los Discapacitados, Desempleados e Indigentes, la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) y la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), detalló. Dijo que el Consejo remitió a la Comisión Permanente de Reglamentos la adecuación del Reglamento de Infracciones y Sanciones al Seguro Familiar de Salud y al Seguro de Riesgos Laborales y del Reglamento del Comité Nacional de Honorarios Profesionales (CNHP), a fin de que sea ajustado a las necesidades actuales del Sistema Dominicano de Seguridad Social en un plazo no mayor de sesenta (60) días. Durante la rueda de prensa el Presidente del CNSS, Max Puig, estuvo acompañado por el Viceministro de Trabajo y Suplente del Presidente en el CNSS, Julio Sanz, el Gerente General del CNSS, Rafael Pèrez Modesto y miembros del CNSS.

CNSS rechaza aumento unilateral de ANDECLIP

Jueves, 30 Junio 2011
El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), en su calidad de órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), rechazó hoy la decisión unilateral e ilegal tomada por la Asociación Dominicana de Clínicas Privadas (ANDECLIP), de aumentar la tarifa en un 14% en todos los servicios, medida que afecta considerablemente el Sistema y especialmente a los afiliados. Durante una reunión extraordinaria encabezada por el Presidente del CNSS, Max Puig, la entidad rectora del Sistema mediante su resolución No. 273 -01 solicitó a ANDECLIP acogerse a las disposiciones de la Ley 87-01 y sus reglamentos. Según informó el Gerente General del CNSS, Rafael Pèrez Modesto, la resolución detalla que ANDECLIP, también debe cumplir con acuerdos pactados entre ella y las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) avalado por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), y las normas vinculada con el tema. El funcionario dijo que la disposición del Consejo instruye a todas las instancias que conforman el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), sean estas públicas o privadas, a cumplir con los roles y funciones que la Ley 87-01 y sus normas complementarias le han atribuido. “De manera específica se solicita que SISALRIL, tome las acciones correspondiente en atención a las consecuencias surgidas a raíz de las acciones de ANDECLIP, en apego a lo dispuesto en el Art. 178 de la Ley 87-01, así como el reglamento de Infracciones y Sanciones al Seguro Familiar de Salud y el Seguro de Riesgos Laborales, aprobado por el Consejo mediante la resolución No. 169-04”, especificó.

CNSS amplia plazo de suspensión salario cotizable de la Seguridad Social

Jueves, 30 Junio 2011
El Gerente General del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Rafael Pérez Modesto informó que mediante la resolución No. 273-02, se amplió el plazo de suspensión a 30 días más a la comisión especial que trabaja con el Salario Cotizable del Régimen Contributivo del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). La decisión del órgano rector del Sistema fue adoptada durante una reunión extraordinaria encabezada por el Presidente del CNSS y Ministro de Trabajo, Max Puig, y se espera tener próximamente un informe sobre el tema, según dijo el funcionario. “Al finalizar este período, la comisión deberá presentar ante el Consejo, dentro de este plazo un informe definitivo con propuestas que permitan definir la situación del Salario Cotizable del Régimen Contributivo del Sistema”, explicó. Pèrez Modesto resaltó que se tomará en cuenta las acciones tendentes a eliminar la evasión y/o elusión, preservando siempre el equilibrio y sostenibilidad financiera del Sistema.  Dijo que la comisión que estudia el tema está integrada por los sectores gubernamental, laboral, empleador, los profesionales y técnicos, conjuntamente con la Tesorería de la Seguridad Social (TSS). Recordó que el CNSS tiene a su cargo la dirección y conducción del SDSS y como tal, es el responsable de establecer las políticas, regular el funcionamiento del Sistema y de sus instituciones, garantizar la extensión de cobertura, defender a los beneficiarios, así como de velar por el desarrollo institucional, la integralidad de sus programas y el equilibrio financiero del SDSS.

Salud Pública dispone plan masivo de habilitación de centro de Atención Primaria

Jueves, 30 Junio 2011
El Ministerio de Salud Pública dispuso este lunes el inicio de plan masivo de habilitación de establecimientos de salud del primer nivel en todo el territorio nacional, a fin de que la atención primaria sea la puerta de entrada al Sistema de Dominicano de Seguridad Social. En rueda de prensa, el titular de esa cartera, doctor Bautista Rojas Gómez, dijo que la medida se convertirá en una alternativa frente al anuncio de incremento en los costos de las atenciones sanitarias por las clínicas privadas. Dijo que ordenó dotar a la Dirección General de Habilitación de toda la logística necesaria para acelerar el conocimiento de las solicitudes que tiene pendientes en ese sentido, las cuales proceden de todo en ámbito nacional. “En vista de que la atención primaria constituye la puerta de entrada al Sistema de Seguridad Social, el propósito es proceder a la habilitación de todos los centros asistenciales que cumplan con los requisitos mínimos para funcionar de manera sistémica”, expresó. Explicó que todos los establecimientos que hagan las solicitudes y se comprometan con el cumplimiento de los requisitos, recibirán una certificación de habilitación provisional por seis meses. Informó que este mes otorgarán la certificación de habilitación a 189 centros públicos que cumplen ya con los requisitos. Destacó que el fortalecimiento del primer nivel de atención está contemplado como prioridad del Plan Estratégico de Salud del año 2011, el cual es monitoreado dos veces por mes por un viceministro en cada una de las nueve regiones de salud. Precisó que la iniciativa se inscribe dentro del rol rector del sistema sanitario nacional que corresponde, exclusivamente, al Ministerio de Salud Pública, conforme lo establecen las leyes General de Salud y de Seguridad Social. Rojas Gómez refirió que en las últimas semanas, la población ha estado preocupada por el anuncio hecho por la Asociación Dominicana de Clínicas Privadas (ANDCLIP) de que incrementará en un 14 por ciento los servicios de salud. Dijo que la Constitución de la República establece que el Estado es el garante de que el pueblo dominicano tenga acceso a servicios sanitarios de calidad, “un derecho humano reconocido en el mundo”.

CNSS resalta medida plan masivo para habilitación centro Atención Primaria

Jueves, 30 Junio 2011
La Gerencia General del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), respalda el anuncio hecho por el Ministerio de Salud Pública, de iniciar un plan masivo de habilitación de establecimientos de salud del primer nivel en todo el territorio nacional, a fin de que la atención primaria sea la puerta de entrada al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). Así lo dio a conocer el Gerente General del CNSS, Rafael Pérez Modesto, quien especificó que la Atención Primaria, es un tema que el Consejo tiene puesta suma atención, pues el cumplimiento de esta estrategia viene a resolver un problema en el sistema salud, ya que con la implementación de la misma facilita el acceso a los servicios. “Se reduce el gasto de bolsillo de las familias y permite una atención integral continua en el tiempo, también disminuye los costos de atención en el Sistema Dominicano de Seguridad Social”, dijo. El funcionario recordó que el artículo 152 de la Ley 87-01 establece el modelo para la entrega de los servicios del Plan Básico de Salud donde los afiliados reciben servicios básicos sin hacer pagos adicionales. De acuerdo a las disposiciones de este artículo, en el primer nivel se ofrecen servicios con atención profesional básica para la población a su cargo, con dotación de adecuada capacidad resolutiva y centrado en la prevención, en el fomento de la salud, acciones de vigilancia, y en seguimiento de pacientes especiales, dijo. Explicó que entre los servicios que reciben están consultas de medicina general y especializada, atención a emergencias, pruebas de laboratorio, estudios radiológicos, vacunación, mamografía, papanicolaou, entre otros. Si la condición de salud requiere de atención más compleja, el médico de cabecera del afiliado lo refiere al especialista de segundo o tercer nivel, según corresponda.

Gobierno mantendrá protección de los accidentados

Miércoles, 16 Septiembre 2009
El Gobierno decidió mantener el pago al Fondo Nacional de Atención Médica por Accidentes de Tránsito (FONAMAT), para que los afiliados al Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo sigan protegidos con este servicio, tal como lo ha realizado durante los últimos 15 meses desde el inicio del Seguro Familiar de Salud. Conforme a lo que dispone el artículo 174 de la Ley 87-01, que establece que: “El Estado Dominicano es el garante final del adecuado funcionamiento del Seguro Familiar de Salud y en tal sentido tiene la responsabilidad inalienable de adoptar las previsiones y acciones que establezca la ley, a fin de asegurar el cabal cumplimiento de los objetivo sociales y principios de la seguridad social. En consecuencia será responsable ante la sociedad dominicana de cualquier falla, incumplimiento e imprevisión que incurran cualquiera de las instituciones públicas, privadas o mixtas que lo integran, debiendo resarcir adecuadamente a los afiliados a cualquier daño que pudieres ocasionarles una falta de supervisión, control o monitoreo” Frente a esta responsabilidad que tiene el Estado Dominicano con los afiliados y dependientes del Régimen Contributivo, el Gobierno Central continuará ofreciendo las atenciones médicas derivadas de los accidentes de tránsito en las clínicas privadas y hospitales públicos a partir del 1ero de enero a través del Seguro Nacional de Salud (SENASA). Este servicio se brindará durante cuatro (4) meses, con el objetivo de obtener las estadísticas que permitan establecer el costo y frecuencia de los accidentes de tránsito, a fin de establecer el mecanismo para el inicio del FONAMAT Definitivo, instituido en la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). Durante el período septiembre 2007 a diciembre 2008, el gobierno asignó 400 millones para cubrir el FONAMAT Transitorio, a través del pago a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) de un cápita de 12.50 pesos por afiliado. Este pago se realiza a través de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), y terminará el 31 de diciembre del 2008. El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) consciente de la importancia de este servicio para la población, realizó un estudio del FONAMAT Transitorio, a fin de evaluar su ejecución, determinar algunos factores de riesgo vinculados con los accidentes de tránsito en la República Dominicana, establecer los costos en término de salud (emergencia, internamiento, estudio de diagnóstico, laboratorio, cirugía, rehabilitación etc.), así como el esquema de cobertura de estos costos.  En la práctica la falta de información consolidada y en gran medida la falta de datos estadísticos de las mayorías de las ARS, impidió tener una información acabada sobre los  servicios de salud y su ejecución financiera.

CNSS extiende el plazo para el traslado a reparto

Viernes, 20 Febrero 2009
20 de febrero 2009.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), aprobó la extensión en seis meses el plazo para el proceso de traspaso del Sistema de Capitalización Individual al Sistema de Reparto, para todos aquellos trabajadores que hayan cotizado al Sistema de Reparto por lo menos 15 años y con más de 45 años de edad al momento de la entrada en vigencia de la Ley 87-01. La entidad rectora del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), en la reunión ordinaria de este jueves emitió la resolución, No. 201-07, extendiendo el plazo para facilitar que los afiliados que cumplan los requisitos soliciten su traspaso. La medida establece, que el período de los seis meses para someter las solicitudes de traspaso sea contado a partir del 19 de febrero del año 2009.  Además especifica que la Gerencia General del CNSS junto a la Contraloría del SDSS dará seguimiento a la implementación y cumplimiento de esta disposición, y deberán presentar al CNSS informes periódicos de avances hasta la fecha de vencimiento del plazo establecido. La resolución plantea la necesidad de poner en ejecución un plan de comunicación con la finalidad de informar a los trabajadores. Para que todo afiliado que cumpla con lo establecido por la Ley 87-01 conozcan el procedimiento y puedan ejercer su derecho adquirido. La resolución del CNSS, invita a los afiliados interesados en acceder a este traspaso y que califiquen de acuerdo a la Ley a que se dirijan a la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) para iniciar el proceso de traspaso.

CNSS participa en VI congreso COPARDOM

Jueves, 16 Octubre 2008
El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) participó en el VI Congreso de la Confederación Patronal de la República Dominicana (COPARDOM), sobre Administración de Riesgos Laborales con un stand donde entregó a los visitantes leyes, reglamentos, y materiales educativos relacionados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). El acto inaugural de la actividad contó con la presencia del Secretario de Estado de Trabajo y Presidente del CNSS, doctor Max Puig, quien expresó su satisfacción al confirmar el interés del sector empresarial por fortalecer la cultura de la prevención de Riesgos Laborales, como una estrategia para elevar los niveles de eficiencia y productividad de las empresas.  En ese sentido, dijo confiar en que con la participación activa de empresarios y trabajadores se avance de forma mas acelerada en la aplicación del nuevo reglamento de Seguridad y Salud en el trabajo, así como las resoluciones complementarias emitidas por la Secretaria de Estado de Trabajo. Agregó que se hace necesario y urgente que todas las empresas de 15 o más trabajadores constituyan los Comités de Seguridad y Salud con sus respectivos programas de trabajo.  De igual manera, afirmó que como presidente del Consejo Nacional de Seguridad Social, impulsará mejoras en la prestación de servicios de parte de la Administradora de Riesgos Laborales, “sabemos que hasta la fecha es muy baja la cantidad de reporte de accidente de trabajos o enfermedades ocupacionales y que por lo tanto estos casos son atendidos por las Administradoras de Riesgos de Salud. Esta situación debe cambiar y haremos todo lo que este a nuestro alcance para que así sea. Sin embargo, coincidimos con ustedes, empleadores y trabajadores, en que lo más importante es prevenir, como la mejor manera de contribuir con la productividad del trabajo”. En tanto, Maribel Gassó, presidenta del COPARDOM, en su discurso de apertura de la actividad, explicó que dos de los principales objetivos del congreso eran contribuir con el fortalecimiento de la cultura de la prevención de Riesgos Laborales en las empresas del país, y aportar las herramientas necesarias para que las empresas puedan implementar mejoras en condiciones de seguridad y salud.  La actividad contó con el apoyo de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT), así como la Administradora de Riesgos Laborales Salud Segura, y otras entidades públicas y privadas vinculadas a la salud, la seguridad y la prevención de accidentes en el lugar de trabajo.

CNSS inauguran oficinas de las Comisiones Médicas Nacional y Regionales del SDSS

Martes, 07 Octubre 2008
2 de octubre 2008. El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) inauguró los locales donde funcionarán las oficinas de la sede central de las Comisiones Médicas Nacional y Regionales. Las oficinas principales están ubicadas en Calle Víctor Garrido Puello esquina Calle 5, en el Ensanche Evaristo Morales. Fueron bendecidas por el Reverendo Padre Ramón Alonso Beato, rector de la Universidad Católica Santo  Domingo (UCSD)  El acto de inauguración fue presidido por el Vicepresidente de la República, Dr. Rafael Alburquerque y el Presidente del CNSS, Dr. Max Puig. La actividad contó con la asistencia de altos funcionarios del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) y del sector salud. Las palabras de apertura de la actividad estuvieron a cargo la ingeniera Ylse Mena , Gerente General del CNSS, quien explicó el proceso que se llevó a cabo para la puesta en funcionamiento de las Comisiones Médicas Nacional y Regionales. “A partir de hoy los afiliados tendrán un mecanismo único que dará mayor transparencia, agilidad y garantía al procedimiento para el otorgamiento de las pensiones por discapacidad de enfermedad común y de riesgo de trabajo. A partir de hoy los afiliados tendrán sus casas que los acogerán en cada una de sus demandas para beneficio de ellos y del país en general” resaltó.  El Secretario de Estado de Trabajo y Presidente del CNSS, al referirse a la puesta en funcionamiento de las Comisiones Médicas afirmó que constituye un nuevo paso de avance en la consolidación del Sistema Dominicano de Seguridad Social y de fortalecimiento del Sistema Previsional. Las palabras de clausura del acto estuvieron a cargo del Vicepresidente de la República, doctor Rafael Alburquerque, quien señaló que con el establecimiento y puesta en funcionamiento de las Comisiones Médicas Nacional y Regionales  “damos un paso gigantesco, formidable, dejamos atrás aquel viejo sistema de calificación de la discapacidad de la Ley 385 de Accidentes de Trabajo y ponemos en marcha un sistema moderno que toma en cuenta fundamental y especialmente, cómo afecta la discapacidad en la realización de un trabajo y en la generación de ingresos”. Las Comisiones Médicas Las Comisiones Médicas permitirán evaluar y calificar el grado de discapacidad de los afiliados al Régimen Contributivo fortaleciendo así la institucionalidad del Sistema. Funcionarán como instancias que se encargarán de determinar a través de evaluaciones y calificaciones los daños producidos a afiliados al Sistema mediante accidentes o por enfermedades  de origen laboral o común. Están distribuidas en todo el país, en esta primera etapa  funcionarán seis, las cuales están ubicadas en Azua, Santiago, La Vega, San Pedro de Macorís y el Distrito Nacional, donde habrá dos, una de ella con carácter regional y, otra Nacional con carácter de apelación.  Su ubicación corresponde a la clasificación sanitaria establecida por la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS). Las Comisiones Médicas Nacional y Regionales de evaluación y calificación del grado de discapacidad representan un punto determinante en la consolidación del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). Su importancia para el Sistema al igual que para  la población en general radica en que las Comisiones aportarán soluciones a las solicitudes por discapacidad que vienen acumulándose desde el inicio del  Sistema. Estas Comisiones contribuirán con la transparencia al sustituir el mecanismo transitorio aprobado por el CNSS en el cual médicos contratados por compañías de seguros  evalúan la discapacidad que a su vez son las que otorgan las pensiones. El  artículo 49 de la Ley 87-01 que crea el SDSS establece que la Comisión Médica Nacional es una  instancia de apelación, cuya función es la de revisar, validar o rechazar los dictámenes de las Comisiones Médicas Regionales. Las Comisiones Médicas Regionales tienen  como misión  determinar el grado de discapacidad de acuerdo con las Normas de Evaluación y Calificación del Grado de Discapacidad  aprobado por el CNSS y validada  con el Manual de Salud  y de Seguridad de la Secretaría de Trabajo. La ley  establece que los afiliados podrán apelar ante la Comisión Médica Nacional por el resultado de una evaluación de discapacidad emitido por una Comisión Médica Regional.

Gerente General del CNSS, Ylse Mena de Rodríguez anuncia apertura de Comisiones Médicas Nacional y Regionales

Miércoles, 17 Septiembre 2008
17 de septiembre 2008- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) pondrá próximamente en ejecución un innovador sistema que le permitirá evaluar y calificar el grado de discapacidad de los afiliados al Régimen Contributivo fortaleciendo así la institucionalidad del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). La información fue dada a conocer por la Gerente General del Consejo Nacional de Seguridad Social, Ylse Mena de Rodríguez, quien explicó que a través de la Comisiones Médicas Nacional y Regionales definida en la Ley 87-01, este proyecto se inició en el año 2003 con la selección de cada uno de los médicos que conforman estas Comisiones. Las Comisiones Médicas funcionarán como instancias que se encargarán de determinar a través de evaluaciones y calificaciones los daños producidos a afiliados al Sistema mediante accidentes o por enfermedades  de origen laboral o común. Estarán distribuidas en todo el país, pero en esta primera etapa a ser inaugurada el próximo primero de octubre,  funcionarán seis, las cuales han sido ubicadas en Azua, Santiago, La Vega, San Pedro de Macorís y el Distrito Nacional, donde habrá dos, una de ella con carácter regional y, otra Nacional con carácter de apelación.  Su ubicación corresponde a la clasificación sanitaria establecida por la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS). Mena de Rodríguez, resaltó que estas Comisiones Médicas Nacional y Regionales de evaluación y calificación del grado de discapacidad representan un punto determinante en la consolidación del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). "Su importancia para el Sistema al igual que para  la población en general radica en que las Comisiones aportarán soluciones a las solicitudes por discapacidad que vienen acumulándose desde el inicio del  Sistema", dijo. Explicó que esta iniciativa contribuirá con la transparencia al sustituir el mecanismo transitorio aprobado por el CNSS en el cual médicos contratados por compañías de seguros  evalúan la discapacidad que a su vez son las que otorgan las pensiones. Recordó que el  artículo 49 de la Ley 87-01 que crea el SDSS establece que la Comisión Médica Nacional es una  instancia de apelación, cuya función es la de revisar, validar o rechazar los dictámenes de las Comisiones Médicas Regionales. Resaltó que las  Comisiones Médicas Regionales tienen  como misión determinar el grado de discapacidad de acuerdo con las Normas de Evaluación y Calificación del Grado de Discapacidad  aprobado por el CNSS y validada con el Manual de Salud  y de Seguridad de la Secretaría de Trabajo. La funcionaria explicó que la ley  establece que los afiliados podrán apelar ante la Comisión Médica Nacional por el resultado de una evaluación de discapacidad emitido por una Comisión Médica Regional. Igualmente,  "las compañías de seguros podrán apelar una decisión de la Comisión Médica Regional ante la Comisión Médica Nacional cuando consideren que la decisión adoptada no se ajusta a los procedimientos y/o preceptos legales". Ratifica posición sobre empleados públicos En otro aspecto, la Gerente General del CNSS, ratificó que con la reubicación de los empleados públicos al Seguro Nacional de Salud (SENASA) se le da cumplimiento a la Ley 87-01, así como a los acuerdos, reglamentos y resoluciones consensuados por las entidades y sectores que forman parte del SDSS. La Ley 87-01, que crea el SDSS, en su artículo 31, párrafo I, literal a) Establece de manera clara que el Seguro Nacional de Salud  (SENASA) tendrá a su cargo todos los empleados públicos y las instituciones autónomas o descentralizadas y sus familiares, al momento de entrar en vigencia la presente ley, excepto aquellas que tengan contrato de Seguro hasta su vencimiento y las que tengan seguro de autogestión. Aclaró que  la apelación  por parte de las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), es contra del procedimiento para el traspaso de los empleados públicos al SENASA dictado por la SISALRIL, mediante la resolución 159-2008. Este caso se encuentra en la Suprema Corte de Justicia y somos respetuosos el dictamen del máximo organismo.