tribunal Superior Administrativo rechaza solicitud suspensión sobre Atención Primaria

Martes, 13 Diciembre 2011

La Presidencia del Tribunal Superior Administrativo, mediante la sentencia No.053-2011 del 6 de diciembre 2011,  rechazó la adopción de medida cautelar interpuesta por el Colegio Médico Dominicano (CMD) y la Asociación Dominicana de Clínicas y Hospitales Privados (ANDECLIP), para suspender las Resoluciones 279-02 y 279-03 dictadas por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) en torno a la implementación de la Atención Primaria el 1ero de mayo del 2012.

 El Tribunal calificó como improcedente, mal fundada y carente de base legal la solicitud interpuesta por CMD y ANDECLIP, reconociendo que el CNSS emitió dichas resoluciones en cumplimiento de las atribuciones y funciones que le otorgan la Ley 87-01 y sus normas complementarias, así como que la decisión del CNSS no supone una violación de derechos ni daños irreparables para las solicitantes.

 “Esta decisión tomada por el Tribunal Administrativo es importante para el Sistema Dominicano de Seguridad Social, porque confirma que el CNSS emite sus resoluciones en cumplimiento de la Ley y en beneficio de la población afiliada y del Sistema” dijo  el Gerente General del CNSS,  Rafael Pérez Modesto

 Recordó que el CNSS designó una Comisión Especial para discutir el tema de cómo implementar la estrategia de atención primaria en el Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo, con la finalidad de garantizar mayor acceso a los servicios de salud de los afiliados beneficiarios del mismo.

 Especificó que dicha Comisión está encabezada por el representante ante el CNSS del Ministerio de Salud Pública y representantes de los Sectores Empleador y Laboral, así como el Colegio Médico Dominicano y el representante de los Discapacitados, Desempleados e Indigentes.

 La implementación de la Atención Primaria, contribuirá a reducir el gasto de bolsillo de los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), informó el funcionario.

 “Todas las atenciones descritas en el catálogo que corresponden al Primer Nivel han de otorgarse sin costo adicional para los afiliados y sin lista de espera; esto es libre de copagos y cuotas moderadoras, lo que representa una reducción importante del gasto de bolsillo que es una de las aspiraciones de las reformas de los sistemas de salud”, dijo.

 Resaltó que otra ventaja para el Sistema y los afiliados, es que se espera que esta estrategia tenga una capacidad resolutiva de los casos de  salud que se presentan entre el 70 – 80 %.