CNSS estudia solución definitiva a casos afiliados tardíos a la Seguridad Social

Miércoles, 23 Julio 2014

La Presidenta del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), Maritza Hernández, asegura que ese organismo evalúa con responsabilidad las diferentes opciones mediante las que los afiliados que iniciaron sus aportes de manera tardía al sistema de pensiones se puedan retirar de la manera más justa.

La también Ministra de Trabajo explicó que el CNSS debe tomar una decisión sopesada, que aporte una solución integral. Para ello, Hernández explicó que la propuesta debe llegar al Consejo previamente elaborada, por lo que la salida a esa situación se dará a conocer cuando esté lista para su aprobación.

“Vamos a abordar el tema en diferentes etapas, pero de manera integral, porque estamos trabajando con responsabilidad para encontrar una solución definitiva a esta situación por la que atraviesan los afiliados al sistema”, indicó Hernández.

La Presidenta del CNSS explicó que las decisiones de ese organismo son colegiadas y los temas que van a comisiones, y que en este caso, hay una propuesta de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), que trae a la discusión elementos adicionales y que debemos analizar cuáles corresponden a decisiones del ámbito del CNSS y cuáles corresponderían a modificaciones legislativas.

“Debemos tomar una decisión en este momento con los afiliados de ingreso tardío al sistema; pero a la vez buscar una solución a las personas que no van a alcanzar una pensión digna, ya sea por los períodos cotizados, los salarios y la fecha en que inician las cotizaciones, así como por las bajas tasas de retorno”, agregó la presidenta del CNSS.

En su artículo 45, la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de la Seguridad Social establece que “Se adquiere derecho a una pensión por vejez, cuando el afiliado acredite: Tener la edad de sesenta (60) años y haber cotizado durante un mínimo de trescientos sesenta (360) meses; o haber cumplido cincuenta y cinco (55) años y acumulado un fondo que le permita disfrutar de una jubilación superior al cincuenta por ciento (50%) de la pensión mínima.