CNSS extiende plazo atenciones médicas por accidentes de tránsito

Jueves, 25 Abril 2013

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), extendió este jueves el plazo de cobertura para las  atenciones médicas por accidentes de tránsito desde el 1° de mayo al 01 de julio del año 2013, mediante la resolución No. 315- 01.

Las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), el Seguro Nacional de Salud (SENASA) y su red de Prestadores de Servicios de Salud (PSS) deben brindar a su población afiliada las atenciones correspondientes, informó el Gerente General del CNSS, Rafael Pérez Modesto.

“La resolución ratifica el per cápita de seis pesos (RD$6.00) y modifica los plazos establecidos en la Resolución No. 290-02, por lo que la misma se mantiene vigente respecto de las demás disposiciones”, dijo

Perez Modesto, expresó que dicha decisión constituye un elemento altamente beneficioso para los afiliados al Sistema y despeja la inquietud que se había generado al respecto.

Dijo que la decisión del Consejo, fue unánime luego de recibir el informe de la Comisión de Presupuesto, Finanzas e Inversiones  de la entidad, al tiempo que informó que se trabaja en el Estudio actuarial y especializado sobre el Fondo Nacional de Atenciones Médicas  el cual está a cargo de la Corporación de Investigación, Estudio y Desarrollo de la Seguridad Social de Chile, entidad internacional que resultó ganadora de la Licitación realizada en cumplimiento con las disposiciones de la Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.

El funcionario especificó que la cobertura de atenciones médicas por accidentes de tránsito se realiza en el marco de la aplicación del Plan de Servicios de Salud (PDSS) en el Régimen Contributivo

Resaltó que la Constitución de la República y la Ley 87-01, el Estado Dominicano es el garante de la salud de las personas, sin importar el riesgo que pudiere afectarla, por tanto el Consejo, en nombre del Estado garantizar la cobertura de salud por accidentes de tránsito a los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social y por ello en aras de proteger a los beneficiarios del Seguro Familiar de Salud se hace impostergable tomar una medida a corto plazo con carácter transitorio que permita cumplir con esta cobertura.