CNSS aprueba atenciones médicas por accidentes de tránsito sean cubiertas por ARS

Lunes, 02 Abril 2012

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), aprobó  mediante la resolución No. 290-02 que desde el 1° de abril al 31 de diciembre del año 2012, las atenciones médicas por accidentes de tránsito sean cubiertas por las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) y el Seguro Nacional de Salud (SENASA) y su red de Prestadores de Servicios de Salud (PSS).

Según detalla la resolución, durante este período la Comisión de Presupuesto, Finanzas e Inversiones (CPFeI),  ejecutará el Estudio establecido en la Resolución del CNSS No. 281-03, la cual establece  la creación de un Fondo Nacional de Accidentes (FONAMAT), tal y como lo contempla la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

La cobertura de atenciones médicas por accidentes de tránsito será realizada en el marco de la aplicación del Plan de Servicios de Salud (PDSS) en el Régimen Contributivo conforme establece el párrafo de la Resolución No. 227-02 de fecha 21 de diciembre 2009, informó Rafael Pérez Modesto, Gerente General del CNSS.

“Con esta disposición se da un periodo de nueve meses de tranquilidad a los afiliados, al tiempo que el Consejo ha tomado las previsiones de lugar con la finalidad de que sea abordado y solucionado en una Comisión especializada, la cual encamina sus esfuerzos en presentar una solución definitiva ”, dijo.

Especificó que se mantendrá el cápita a pagar a la Tesorería de la Seguridad Social de las ARS/SENASA por concepto de atenciones médicas por accidentes de tránsito será de RD$6.00 por afiliado.

Ratificó que el afiliado titular deberá pagar el costo de las atenciones médicas por accidentes de tránsito descritas en la presente Resolución, de los dependientes adicionales que tenga afiliados en su núcleo familiar, en los mismos términos y condiciones en que realiza los pagos al Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo.

Recordó que las Administradoras de Riesgos de Salud ( ARS) y el Seguro Nacional de Salud (SENASA) a través de su red de Prestadores de Servicios de Salud (PSS) proveerán  al recién nacido de atenciones médicas por accidentes de tránsito, durante sesenta (60) días, a contar de la fecha del parto.