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CNSS extiende plazo cobertura de atenciones médicas a trabajadores suspendidos

Lunes, 03 Agosto 2020
Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la resolución No. 498-03 dispuso que todos los trabajadores suspendidos y sus dependientes directos y adicionales, continúen con la cobertura que le ofrece su afiliación al Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo. En una sesión extraordinaria realizada de manera presencial y virtual, encabezada por el ministro de Trabajo y presidente del CNSS, Winston Santos se resolutó que, desde el 1 al 31 de agosto del 2020, dichos trabajadores tienen derecho a continuar solicitando servicios de salud si así lo requieren.  “Es una medida justa, razonable y oportuna del Consejo con la finalidad de proteger a miles de trabajadores suspendidos producto de la pandemia del COVID-19”, manifestó el gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto. El funcionario expresó que existía mucha incertidumbre en la población afiliada del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), suspendida de sus puestos de trabajo, pues el tiempo otorgado anteriormente había vencido. Resaltó la disposición del sector gubernamental, empleador, laboral y demás miembros integrantes del Consejo en extender el plazo de la cobertura de las atenciones médicas a dichos trabajadores y familiares. Recordó que, dicha aprobación incluye las coberturas de los subsidios por Enfermedad, Maternidad y Lactancia, a los recién nacidos para garantizarles los beneficios del SDSS, quienes podrán solicitar servicios de salud sin contar con el Número de Seguridad Social (NSS) y se mantiene la cobertura a los afiliados dependientes directos, que cumplan durante este período 18 y 21 años, respectivamente, siempre que sean estudiantes. Reiteró que, se extendió la cobertura a dichos trabajadores, pues ante la situación actual quedarían desprotegidos y dejados a la merced de su suerte, lo que podría ser catastrófico e inhumano y contrario a los principios rectores de la Seguridad Social, tomando en cuenta el Estado de Emergencia Nacional que vive el país, en virtud de los efectos del COVID-19. 3 de agosto 2020 Dirección de Comunicaciones del CNSS

CNSS puso en circulación revista “CNSS Informa”

Viernes, 31 Julio 2020
Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), puso en circulación la revista “CNSS Informa” que recoge las principales ejecutorias de la entidad durante el primer semestre del año en curso resaltando los temas de impacto asumidos por el Gobierno y el órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). Esta edición distribuida en formato digital tiene como tema principal las disposiciones tomadas por el CNSS ante la pandemia del coronavirus COVID- 19, con la finalidad de garantizar a los afiliados al Sistema su cotización y así continuar recibiendo las atenciones médicas del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo. Detalla en su contenido las reuniones virtuales y semipresenciales realizadas por el Consejo realizadas con el objetivo de extender el plazo de cobertura y mantener la cotización al SFS a todos los trabajadores suspendidos y sus dependientes directos y adicionales. La publicación resalta, además, la promulgación de la Ley 13-20 la reforma a la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), que elimina recargos e intereses en la deuda con el sistema. Dicha ley también fortalece a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y a la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), y al mismo tiempo consigue una importante reducción de las comisiones de las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP). Se trata de un proyecto de ley sometido por el Poder Ejecutivo en marzo del año pasado, que facilita la afiliación al sistema de seguridad social de más de 150,000 trabajadores y sus familiares dependientes, a fin de que tengan acceso al seguro familiar de salud, seguro de riesgos laborales y coticen para sus pensiones. Otro tema de gran importancia asumido por Gobierno fue la ampliación de la entrega de pensiones solidarias de las pensiones solidarias del régimen subsidiado otorgada por el Poder Ejecutivo a personas con discapacidad severa, madres solteras desempleadas con hijos menores de edad y envejecientes en condiciones de indigencia. El inicio de las Pensiones Solidarias forma parte de las decisiones más trascendentes que se han tomado en el Sistema Dominicano de Seguridad Social, en cuanto a la protección social se refiere. La revista incluye una reseña de la serie de talleres interinstitucionales que realizado el CNSS, con la finalidad de construir una plataforma que contribuya a la actualización del Plan Estratégico del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), para el período 2021-2025 Dichas jornadas de trabajo contarán con la participación de todos los actores del Sistema, con la finalidad de revisar propuestas técnicas y establecer un intercambio para definir las debilidades y fortalezas del Sistema, y de su análisis establecer los correctivos correspondientes. El documento incluye noticias de las Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) y la Tesorería de la Seguridad Social (TSS). Esta publicación esta accesible a la ciudadanía a través del portal web de la entidad www.cnss.gob.do Descargar documento: https://is.gd/ewEGbx 31 de julio 2020 Dirección de Comunicación del CNSS

CNSS valora convenio que extiende coberturas COVID-19

Jueves, 23 Julio 2020
Santo Domingo.- El gerente general del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Rafael Pérez Modesto valoró el nuevo convenio anunciado ayer por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), que actualiza y prorroga hasta el 31 de agosto las coberturas transitorias ampliadas a los afiliados afectados por la COVID- 19 que requieren servicios de salud. Pérez Modesto, destacó el papel desempeñado por la SISALRIL en gestionar con la Asociación Nacional de Clínicas y Hospitales Privados (ANDECLIP) y las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), dicho acuerdo. “Consideramos que este anuncio es de suma importancia para el Sistema Dominicano de Seguridad Social, pues sin necesidad de aumentar el per cápita del Seguro Familiar de Salud, se continúa ofreciendo y ampliando los servicios”, expresó. Enfatizó que esta decisión dada a conocer el miércoles contribuye a reducir el gasto de bolsillo de los afiliados al Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo que requieren servicios de salud. Reiteró su valoración a la decisión pues las instituciones involucradas en el convenio confirman su espíritu solidario en tiempo de crisis. Dijo que según informó la SISALRIL, este nuevo acuerdo, crea condiciones favorables para ampliar la disponibilidad de camas y de Cuidados Intensivos disponibles para la atención de pacientes de COVID-19 en establecimientos privados. Así mismo, se incluyen otras especialidades médicas beneficiadas con tarifas mejoradas y los aportes para Equipos de Protección Personal para el personal de salud. El funcionario recordó la resolución del CNSS No. 494-04 del 4 de junio 2020, que instruye a la SISALRIL a fungir como mediadora entre el Colegio Médico Dominicano (CMD), ADARS, ADIMARS y la ARS SeNaSa, ante la solicitud planteada a las ARS de asignación de una Subvención Económica a cada médico que trabajan con ellas, por la situación de emergencia generada por la pandemia del COVID-19, a los fines de buscar un consenso y soluciones entre las partes involucradas, en virtud a lo establecido en los artículos 176 de la Ley No. 87-01 que crea el SDSS. 23 de julio 2020 Dirección de Comunicaciones del CNSS  

Gustavo Montalvo explica reforzamiento de medidas adoptadas por Comisión de Alto Nivel para reducir riesgo contagio COVID-19

Martes, 21 Julio 2020
Santo Domingo.- La Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Coronavirus (COVID-19) reforzó las medidas para reducir el riesgo de contagio, tras la declaratoria de emergencia aprobada en el Congreso Nacional y ratificada por el presidente Danilo Medina. Restaurantes pueden seguir operando a domicilio y en terrazas La explicación de las medidas fue ofrecida por el ministro de la Presidencia y coordinador de la referida comisión, Gustavo Montalvo, quien precisó que los restaurantes pueden seguir operando en modalidad de entrega a domicilio y recogida y también dar servicio en espacios abiertos como terrazas.  “Y en las áreas interiores operar con las puertas y ventanas abiertas, manteniendo siempre dos metros de distancia entre cada mesa”. Venta de bebidas alcohólicas solo para llevar Sobre los colmados y lugares de expendio de bebidas alcohólicas, el ministro de la Presidencia afirmó que no podrán abrir mesas para el público, por lo que toda venta deberá ser únicamente para llevar. Cierre de gimnasios y galleras “Asimismo, deben cerrar nuevamente los gimnasios, por tratarse de espacios cerrados y, además, porque el uso de mascarillas no es recomendado mientras se hace ejercicio. Por su parte las galleras continúan prohibidas”, agregó. Parques públicos y servicios religiosos Dijo que los parques públicos permanecerán abiertos para que la población pueda ejercitarse al aire libre y con ventilación natural, aunque siempre guardando estrictamente el debido distanciamiento con los demás. “Continuarán autorizados los servicios religiosos como hasta ahora, manteniendo las normas de higiene y distanciamiento social”. Recordó que las aglomeraciones y las reuniones de grupos de personas en un espacio cerrado están restringidas, por lo que se vigilará especialmente que no se produzcan aglomeraciones en plazas comerciales. Transporte público y privado de pasajeros al 60% de su capacidad Señaló que también se limita el uso del transporte público y privado de pasajeros al 60% de su capacidad para minibuses y autobuses, tanto urbanos e interurbanos, trenes y el teleférico. Obligatoriedad uso de mascarillas Insistió, asimismo, en la obligatoriedad de llevar mascarilla en las calles, en lugares públicos y en el espacio de trabajo, así como en la necesidad de seguir extremando la precaución con el lavado de manos e higienización de superficies. Se permite acceso a playas respetando distanciamiento Informó que, hasta nuevo aviso, quedan cerrados los balnearios y piscinas públicas, aunque sí estará permitido el acceso a las playas, respetando las medidas de distanciamiento. Sector público seguirá operando con personal necesario Puntualizó que el sector público permanecerá operando todos sus servicios de manera ordenada y en horario de servicio regular, con el personal necesario. Mientras, el resto de los servidores laborará bajo la modalidad de teletrabajo. Actividades comerciales con horarios diferenciados y citas “Todas las actividades comerciales continúan los horarios diferenciados establecidos anteriormente, a las 7, 8 y 9 de la mañana. Y se recuerda que los negocios que pueden laborar por citas, tales como salones de belleza, consultorios médicos, deberán permanecer en esta modalidad”. Fronteras terrestres seguirán cerradas Expresó que las fronteras terrestres del país continuarán cerradas, excepto para el transporte de mercancías. Toque de queda diferenciado Se recuerda que ayer el presidente Danilo Medina estableció toque de queda diferenciado en todo el territorio nacional, a partir de hoy, por un período de 20 días, mediante el decreto 266-20, debido a la reciente evolución epidemiológica del coronavirus (COVID-19). Indicó que en las 15 provincias ya anunciadas con mayor número de casos de contagio, en horario de 7 de la noche a 5 de la mañana y los sábados y domingos de las 5 de la tarde a las 5 de la mañana. “En las otras 17 provincias anunciadas, que tienen menor número de contagios, el toque de queda será de 8 de la noche a 5 de la mañana, todos los días de la semana”, recordó. Seguimiento cercano a situación de provincias y aumento capacidad hospitalaria Afirmó que “simultáneamente estamos dando un seguimiento cercano y proactivo a seis provincias que están demostrando una variación más elevada de la media nacional del Número de Reproducción Efectivo”. “Estamos logrando un incremento progresivo de la capacidad hospitalaria a través de colaboraciones y una óptima integración del sector privado, junto a aumento a nivel nacional de capacidades UCI y de hospitalización del Servicio Nacional de Salud, donde ya están entrando en linea mas de 500 camas hospitalarias con unas 185 camas de unidades de cuidados intensivos así como aperturas de nuevos hospitales en Bonao, Santiago, Santo Domingo y Neyba, y próximamente la Ciudad Sanitaria”. Destacó que el Gobierno trabaja también en la implementación del Índice de Vulnerabilidad COVID-19, para el monitoreo y potencial aislamiento de poblaciones de dominicanos en alto riesgo, para tratarlos preventivamente, reduciendo sus complicaciones y la potencial utilización de servicios de salud. El ministro de la Presidencia exhortó a los ciudadanos “a mostrar con hechos y con acciones concretas nuestra solidaridad, nuestra empatía y nuestro amor al prójimo. Porque, tal como dijo Alejandro Magno, de la conducta de cada uno, depende el destino de todos”. 21 de julio 2020 Fuente: https://presidencia.gob.do/noticias/gustavo-montalvo-explica-reforzamiento-de-medidas-adoptadas-por-comision-de-alto-nivel

CNSS pone en circulación su “Memorial Anual 2019”

Jueves, 09 Julio 2020
Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Seguridad Social puso en circulación su “Memoria Anual 2019”, publicación que recoge las principales ejecutorias de la entidad rectora del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). El documento incluye un resumen ejecutivo de las acciones de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y la Contraloría del CNSS. Dicha memoria contiene además variables estadísticas, el trabajo de los comités técnicos del CNSS, gestión financiera, entre otros temas que evidencian el compromiso de la entidad con la transparencia. En las palabras introductorias de las memorias el gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto resaltó la modificación la Ley 87-01 que elimina los altos recargos por mora con la seguridad social, para facilitar que entidades gubernamentales y descentralizadas, ayuntamientos, micros, pequeñas y medianas empresas se pongan al día con el sistema. Al tiempo que detalló que en lo que tiene que ver con la ampliación de cobertura, se incrementó de 76.9 % de 2017 a 78.3 % y hoy en apenas tres meses alcanzamos un 79.5 %. El funcionario reseñó que el Congreso también aprobó el proyecto que ofrece autonomía ejecutiva y un incremento financiero tanto a la TSS como a la DIDA, de modo que puedan cumplir más eficientemente sus compromisos como entidades trascendentes del SDSS. Dijo que se aprobó la Ley 397-19 que disuelve el Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) y convierte a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), en el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), adscrito al Ministerio de Trabajo. Dicha Ley incluye además que las estancias infantiles del IDSS sean administradas por el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI) y que los afiliados al seguro de salud de dicha entidad pasen al Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), manteniendo la antigüedad con las garantías de sus derechos. Al final de 2019 se inició con fondos del gobierno la iniciativa contemplada en la Ley 87-01 y que por el empeño del CNSS y su Gerencia General, diseñó su aplicación, las Pensiones Solidarias dirigidas a favorecer a adultos mayores, discapacitados, madres solteras con menores, sin sustento para subsistir con recursos propios ni de familiares, lo que ha constituido un éxito extraordinario. La publicación de estas memorias se realiza en cumplimiento del artículo 26 de la Ley 87-01, que responsabiliza a la Gerencia General del CNSS a elaborar un informe anual con las ejecutorias del órgano rector del Sistema. Descargar documento: https://cnss.gob.do/transparencia/phocadownload/Publicaciones/memorias/Memoria%20_Anual_CNSS_2019.pdf 9 de julio 2020 Dirección de Comunicaciones del CNSS

CNSS extiende plazo cobertura de atenciones médicas a trabajadores suspendidos

Viernes, 03 Julio 2020
Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la resolución No. 496-01 dispuso que todos los trabajadores suspendidos y sus dependientes directos y adicionales, continúen con la cobertura que le ofrece su afiliación al Seguro Familiar de Salud (SFS), del Régimen Contributivo. En una reunión virtual extraordinaria realizada este viernes 3 de julio del 2020, se resolutó que desde el 1 al 31 de julio del 2020  dichos trabajadores tienen derecho a continuar solicitando servicios de salud si así lo requieren. Durante una sesión encabezada por el ministro de Trabajo y presidente del CNSS, Winston Santos, se aprobó a unanimidad las coberturas del SFS y de los subsidios por Enfermedad, Maternidad y Lactancia, según informó el gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto.  “La extensión de coberturas para estos afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), demuestra una vez más el interés del Gobierno y los miembros del Consejo de mantener la protección a cientos de trabajadores que se encuentran actualmente suspendidos de sus empleos por la pandemia del COVID- 19”, dijo. El funcionario dijo que este plazo además incluye cobertura de los recién nacidos para garantizarles los beneficios del SDSS, quienes podrán solicitar servicios de salud sin contar con el Número de Seguridad Social (NSS) y mantener la cobertura a los afiliados dependientes directos, que cumplan durante este período 18 y 21 años, siempre que sean estudiantes. “Con esta resolución, el CNSS se adhiere a las medidas tomadas por el Gobierno en procura de proteger a los trabajadores. Además, resaltamos la disposición del sector empleador, laboral y demás miembros integrantes del Consejo para su aprobación”, manifestó. Recordó que, los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) que se encuentran privados de un trabajo remunerado que sus contratos de trabajo fueron suspendidos mantienen su cobertura en especie y sin disfrute de las prestaciones en dinero.   03 de julio 2020 Dirección de Comunicaciones CNSS www.cnss.gob.do

CNSS rechaza entrega fondos de pensiones

Domingo, 21 Junio 2020
Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la resolución 495-02 rechazó los dos proyectos de ley que se encuentran en el Congreso Nacional, los cuales permitirían a los trabajadores el retiro de una parte de los fondos acumulados en sus cuentas de capitalización individual. La información fue dada a conocer por el gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto quien manifestó que la resolución destaca que dichos proyectos desvirtúan el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), pues son contrarias a la naturaleza y el objetivo mismo del Sistema Dominicano de Pensiones, cuya finalidad es la protección previsional de la población afiliada. El funcionario detalló que en la sesión ordinaria del CNSS realizada el jueves 18 de junio del 2020, se resaltó que dichas iniciativas legislativas tendrían un impacto negativo en el futuro de las pensiones para los afiliados del Sistema, exponiéndolos a desprotección y a un mayor riesgo de vulnerabilidad en la vejez. En tanto que manifestó que el fin principal de la seguridad social es garantizar la protección integral de todos los afiliados, que afectarían las inversiones de los fondos de pensiones con sus efectos en empresas y todo el mercado, además, provocarían un desajuste monetario, fiscal y económico, que generaría una gran inflación. La resolución en uno de sus considerandos establece que un sistema de pensiones se diseña como herramienta de previsión y protección social para dar respuestas a segmentos de la población, fundamentadas básicamente en prestaciones de largo plazo; por cuanto, en esencia, no se diseñan para responder ante eventualidades que pudiesen surgir en el corto plazo, como fruto de contingencias que no están dentro de los parámetros del diseño del modelo previsto, salvo en cuanto a las discapacidades y sobrevivencias que pudiesen ocurrir y que siempre se derivan en aseguramientos que no afectan el fondo principal de las futuras pensiones. El artículo 35 de la Ley 87-01, dice que el sistema de pensión tiene como objetivo reemplazar la pérdida o reducción del ingreso por vejez, fallecimiento, discapacidad, cesantía en edad avanzada y sobrevivencia¨, por cuanto, es un instrumento de protección social que contiene objetivos a ser completados en el largo plazo; y que sólo plantea atenciones de tipo inmediato en los casos de discapacidad y sobrevivencia, siempre derivándolos en el pago de una prima de seguros, a fin de que no se vean afectados los fondos previstos para el pago de las futuras pensiones de vejez. La entidad hizo referencia al artículo 96 de la Ley 87-01, el cual establece que: ¨Los fondos de pensiones acumulados por concepto de los aportes de los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social, en cualquiera de sus regímenes, se constituirán en una importante fuente de recursos, producto del ahorro nacional¨.  La resolución 495-02, además indica que, el CNSS acoge el mandato establecido en el artículo 29 de la reciente Ley 13-20, la cual ordena que, a partir del mes de septiembre del año 2020, se iniciará el proceso de revisión y estudio para la modificación integral de la Ley 87-01, del 9 de mayo del 2001, que crea el SDSS, donde se analizarán y crearán los instrumentos sociales correspondientes, para dar respuesta a contingencias no previstas en el actual modelo. 21 de junio 2020 Dirección de Comunicaciones del CNSS

CNSS mantiene atenciones médicas a trabajadores suspendidos

Lunes, 01 Junio 2020
Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), dispuso mantener la afiliación Seguro Familiar de Salud (SFS), por un período de 30 días más a todos los trabajadores suspendidos y sus dependientes directos y adicionales. Mediante la resolución No. 493-01 se extendió el plazo de cobertura en atenciones médicas para aquellos trabajadores que continúan siendo afectados por la suspensión de sus contratos de trabajo y había vencido el período de protección de 60 días otorgado anteriormente mediante la resolución del CNSS No. 492-01. “Por tal motivo, el Consejo prolongó el período de cobertura en salud para los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) que sean privados de un trabajo remunerado, porque sus contratos de trabajo fueron suspendidos durante el período de emergencia nacional, ellos mantendrán su cobertura en especie y sin disfrute de las prestaciones en dinero”, informó el gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto. El funcionario manifestó que la decisión fue tomada a unanimidad durante una sesión extraordinaria virtual del CNSS, la cual contó con la participación de todos los sectores integrantes de la entidad. Resaltó que, con esta medida, el Gobierno como garante de la salud del pueblo dominicano, demuestra una vez más su compromiso con sectores vulnerables del país, en un momento de crisis internacional, producto de la pandemia del COVID- 19. Asimismo, resaltó la buena disposición del sector laboral, empleador y del Colegio Médico Dominicano que ofrecieron su respaldo a la decisión sin objeción. La resolución además solicita a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) presentar un informe financiero sobre el estado de cuenta del cuidado de la salud. Recordó que anteriormente se dispuso extender el plazo de cobertura de los recién nacidos para garantizarles los beneficios del SDSS, sin contar con el Número de Seguridad Social (NSS). Además, se mantiene la cobertura en los servicios de salud a los afiliados dependientes directos, que cumplan durante el Estado de Emergencia 18 y 21 años, siempre que sean estudiantes. 01 de junio 2020 Dirección de Comunicaciones del CNSS  

CNSS participa en seminario virtual organizado por INTEC

Martes, 26 Mayo 2020
Santo Domingo._ El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), participó en el seminario virtual “El futuro de la Seguridad Social luego de la Pandemia Covid-19”, organizado por el Observatorio de la Seguridad Social del Instituto Tecnológico de Santo Domingo (OSES/INTEC). En representación del Consejo, estuvo el subgerente General del CNSS, Eduard del Villar quien dijo que el objetivo principal de un sistema de pensiones es entregar pagos suficientes y adecuados que permitan al afiliado mantener un nivel de vida igual o parecido al que tenía cuando era trabajador activo, pero que los afiliados dominicanos solo aportan de manera particular el 2.87 % de un salario muy bajo. Aseguró que más allá de cualquier crítica estructural al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) se está dando respuesta a la necesidad de la gente contando con la proporción de ahorros existente, que es muy baja. Detalló que más de 12 mil personas con discapacidad total o parcial ha recibido su pensión, más de 100 mil trabajadores que tenían 45 años o más a la entrada en vigencia del fondo de pensiones en el 2003 retiraron sus recursos de las AFP y familiares de más de 9 mil afiliados fallecidos reciben pensiones de sobrevivencia o  retiraron sus pensiones por herencia. El funcionario explicó que para la modificación de la Ley 87-01 en materia de pensiones, es necesario revisar la tasa de cotización actual, la edad de jubilación existente, así como el tratamiento impositivo de las pensiones, especialmente las de sobrevivencia que cuando los familiares de los afiliados fallecidos se acercan a solicitarla se dan cuenta de que los costos impositivos se llevan el 30% de los fondos que probablemente van a retirar. El webinar fue moderado por Eladio Pérez, coordinador del OSES, participaron, además, Rafael-Pepe-Abreu, presidente de la Confederación Nacional de la Unidad Sindical (CNUS); Diego Valero, presidente de la Consultora de pensiones Novaster; Arlette Pichardo, Investigadora docente del Centro Internacional de Política Económica (CINPE) y el senador José Rafael Vargas, presidente de la Comisión Bicameral de la modificación de la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social. 26 de mayo 2020 Dirección de Comunicaciones del CNSS

CNSS respalda resolución que autoriza a ARS cubrir pagos excesivos a pacientes de Covid-19

Viernes, 15 Mayo 2020
Santo Domingo.- El gerente general del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Rafael Pérez Modesto respaldó la resolución No.231-2020 emitida por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) que autoriza a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) a cubrir los pagos excesivos de procedimiento y medicamentos de pacientes afectados por COVID- 19, afiliados al Seguro Familiar de Salud y a los Planes Especiales de Jubilados y Pensionados.  “Es una decisión justa que beneficia a parte importante de los sectores más vulnerables del país, en estos momentos que enfrentamos la pandemia del COVID- 19¨, expresó. Aseguró que esa iniciativa forma parte de la decisión del Estado de asegurarle la cobertura a los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social en un período tan difícil para el país y el mundo. Valoró positivo el que las ARS reconozcan los pagos retroactivos de afiliados afectados por coronavirus, a partir del 19 de marzo del presente año y que cubran los días de internamientos de estos pacientes. Según la resolución de la SISALRIL, para recibir los beneficios de esta protección adicional que cubre el exceso de gastos por cuidados intensivos después de agotada la cobertura del Plan Básico de Salud y los planes complementarios, los interesados deberán presentar a su ARS las facturas emitidas, número de cédula y/o de Seguridad Social, así como una carta de solicitud, documentos que pueden ser remitidos por medios electrónicos. Esta resolución estará vigente mientras persista la emergencia epidemiológica nacional. 15 de mayo 2020 Direccion de Comunicaciones del CNSS  

Los afiliados al SFS y a planes de pensionados no pagarán excesos por cuidados intensivos por COVID-19

Jueves, 14 Mayo 2020
Santo Domingo. La disposición, emitida mediante resolución, también establece que las ARS reconocerán retroactivamente los pagos que hayan sido realizados por estos pacientes, a partir del 19 de abril del presente año. Santo Domingo, RD. - La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), dispuso que las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) autoricen las coberturas y los pagos a los Prestadores de Servicios de Salud de cualquier exceso de gastos en Cuidados Intensivos por procedimientos y medicamentos incluidos en el catálogo del Plan Básico de Salud, incurridos por afiliados al Seguro Familiar de Salud y Planes Especiales de Pensionados y Jubilados. Así mismo, las ARS cubrirán los días de internamiento que con posterioridad a los Cuidados Intensivos sean necesarios para la recuperación de estos pacientes afectados por COVID-19. La medida está contenida en la Resolución No. 231-2020 emitida por la SISALRIL, la cual también establece que las ARS reconocerán retroactivamente los pagos que hayan sido realizados por estos pacientes, a partir del 19 de abril del presente año, para lo cual los interesados deberán presentar a las ARS sus respectivas facturas, número de Cédula de Identidad, y/o Número de Seguridad Social (NSS) y una carta de solicitud, todo lo cual puede ser remitido por medios electrónicos. Dicha decisión estará vigente hasta tanto persista la emergencia epidemiológica nacional. Esta cobertura adicional transitoria, cubre el exceso de gastos por Cuidados Intensivos, después que se haya agotado las coberturas del Plan Básico de Salud y los Planes complementarios o voluntarias que posea el afiliado. De esta manera se evita que las familias tengan que afectar su presupuesto familiar por esta causa. Como se recordará, mediante la Resolución No. 229-2020, las pruebas de PCR para confirmación del COVID-19, están cubiertas por vía de las ARS para toda persona afiliada o no a la Seguridad Social, y los copagos (cuotas moderadoras) por concepto de internamiento en aislamiento hospitalario, con base al acuerdo firmado entre las ARS y ANDECLIP, el pasado 05 de abril. La SISALRIL reconoce a las ARS y a los Prestadores de Servicios de Salud (PSS) públicos y privados, su disposición de contribuir, en el contexto de la epidemia de COVID-19, a facilitar el acceso de la población a las atenciones necesarias y a lograr mediante consensos, reducir el impacto financiero de los enfermos en la economía de sus familias. Todos estos avances han sido posibles mediante acuerdos entre las ARS, los PSS y la SISALRIL. Dirección de Comunicación SISALRIL 14 de mayo de 2020

CNSS realiza convocatoria pública a sectores para ocupar representación

Miércoles, 13 Mayo 2020
Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS, realizó este miércoles una convocatoria pública dirigida a las organizaciones que estén interesadas en pertenecer a la entidad en representación de diversos sectores de la vida nacional. Las organizaciones convocadas son: gremios de enfermería, discapacitados, desempleados e indigentes, profesionales y técnicos, trabajadores de la microempresa y demás profesionales y técnicos del sector salud.   Como en ocasiones anteriores el órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), publicó en un diario de circulación nacional los detalles de la convocatoria, detallando en el anuncio que las organizaciones representantes de esos sectores, debidamente incorporadas de acuerdo a las leyes de la República Dominicana, deberán llenar un formulario en un plazo de 15 días calendario, tras la convocatoria.   El formulario puede ser retirado en las instalaciones del CNSS o descargarlo en página web de la entidad www.cnss.gob.go. Con la solicitud de inscripción deberán adjuntar copias de los estatutos de su organización, registro legal (certificación de la Procuraduría General de la República), nombre de los directivos con sus generales, dirección, teléfono y cualquier otra documentación que estimen pertinente.   A los 20 días del vencimiento del plazo de inscripción el CNSS solicitará a las organizaciones registradas que presenten candidaturas para ocupar las posiciones de titulares y suplentes de los sectores citados. La convocatoria pública para la selección de estos profesionales y técnicos es realizada tal como lo establece el Reglamento Interno del CNSS a partir del artículo 21.   El párrafo I establece que “las organizaciones registradas en el CNSS podrán presentar individualmente o de forma conjunta sus candidaturas una vez realizada la convocatoria formal de presentación de las mismas y será seleccionado el representante que cuente con el respaldo del cincuenta por ciento más uno de las organizaciones registradas en el Consejo.   El Titular y el Suplente deberán pertenecer a organizaciones distintas. Las organizaciones deberán rotarse cada dos años, no pudiendo ser elegibles durante dos períodos consecutivos”. 13 de mayo 2020 Dirección de Comunicaciones del CNSS